miércoles, 2 de noviembre de 2011

..Y seguimos en el limbo, sí señor...

Parafraseando al dicho beisbolero, la huelga no acaba hasta que se acaba, seguimos por esta vía.
He recibido sus trabajos. Ahora, para culminar el periodo cardenista les anuncio que voy a mandarles una lectura del profesor Arnaldo Córdova sobre los maestros rurales en el cardenismo, publicada hace algunos ayeres pero no por ello menos importante que lo que se ha publicado más recientemente sobre el tema. Por algo existen trabajos que se vuelven clásicos. Así que se los mando en PDF por correo a varias direcciones para que de ahí los reenvíen a todos los compañeros. Envío el texto enseguida y por favor me mandan de regreso un texto donde expresen cuál es la tesis central del artículo acerca del papel de los profesores rurales durante el cardenismo. y una respuesta a la pregunta qué se puede (si esto es posible) recuperar del trabajo realizado por estos profesores en el momento actual, de crisis de la educación pública. Una cuartilla y media máximo para incorporar ambas cuestiones,. Fecha de entrega, martes próximo, 8 de noviembre por esta vía...o en papel si ya regresamos (cómo no). Saludos.

sábado, 22 de octubre de 2011

Rechazo a la educación socialista

22 de octubre de 2011. Como van las cosas nos vamos a llevar unos días sin poder regresar a las aulas. Los frutos amargos de la necedad pero ahora a lo nuestro:


La puesta en marcha de la educación socialista generó resistencias en regiones del país y rechazo de la iglesia católica mexicana. Como sugiere el artículo de Lourdes Quintanilla el impacto de esta decisión política fue diferencial en distintas regiones del país. Ahora les envío un texto propagandístico de la Unión Nacional de Padres de Familia, organismo vinculado con la jerarquía católica y que vio la luz en el sexenio cardenista. Paralelamente les haré llegar un breve artículo sobre la resistencia a la educación socialista en el estado de Aguascalientes. Ambos textos nos acercan al ambiente tan polarizado de aquella época. Va pues.


LA ESCUELA SOCIALISTA ES ANTIPATRIÓTICA
1º Pretende destruir todas las instituciones sociales, que son el fundamento de los gobiernos existentes, para que estos desaparezcan y, de sus ruinas surja el Estado comunista rojo.
2º Ataca a la Familia, que es la base de la Sociedad en sus vínculos morales y afectivos, predica a los hijos la falta de respeto, cariño y sumisión a los padres.
3º Dice que debe arrancarse a los padres el amor de sus hijos, porque es un tumor canceroso creado por la burguesía en perjuicio del Estado.
4º Sostiene que los hijos no pertenecen a los Padres sino al Estado y que los padres no son sino animales de cría, para constituir productores de soldados rojos.
LA ESCUELA SOCIALISTA ES ATEA. Niega la existencia de Dios y la creación del hombre.
Es MATERIALISTA. Niega la existencia del alma, su espiritualidad y su inmortalidad.
Es FATALISTA. Niega el libre albedrío y la responsabilidad de la conducta humana.
COMATE TODAS LAS RELIGIONES sobre todo el CATOLICISMO, sosteniendo que “la religión es el opio del pueblo”.
LA ESCUELA SOCIALISTA, ESTABLECE EL ESTADO-TODO. Según ella el Estado es:
1º.- Dios y Providencia.- Para probarlos, reúne a los niños en comedores públicos separan a un grupo de ellos y dicen “lo que quieran pídanselo a DIOS y verán como no se los da; en cambio, este grupo de niños que ustedes ven tomando el desayuno lo reciben del Estado que es el verdadero Dios, la única Providencia y nuestro verdadero padre”. Después de ese tormento, les sirven el desayuno para convencerlos, con el estómago, del Estado-Dios. Estas son las prácticas del socialismo rojo.
2º .- El Estado es el único propietario: los campos, las fábricas, las casas, el dinero, todo, absolutamente todo es del Estado y para el Estado. Todo y cada uno de los habitantes están obligados a entregar al Estado sus bienes, y a servirle sin otra remuneración que lo estrictamente indispensable para la alimentación quedando todos ellos convertidos en verdaderos esclavos.
Tal será el porvenir de nuestra querida Patria; tal es la esclavitud ignominiosa que nos espera, si los padres de Familia no salvamos a nuestros hijos, aún a costa de sacrificios.

Fuente: Unión Nacional de Padres de Familia. Boletín oficial, México, t. II, # 6, julio-agosto de 1934, pp. 1-2. Documento localizado en la Biblioteca Francisco de Burgoa, UABJO, México.


Actividad: elaborar en un párrafo la idea central de este panfleto. Junto con el otro artículo que lo enviaré por correo electrónico a los estudiantes mandarlo de regreso el próximo miércoles 26 del mes que corre. Salud

domingo, 16 de octubre de 2011

Un artículo para revisar.

Hola compañer@s, la suspensión de actividades docentes continúa en la UABJO. si revisaron la entrada anterior se planteó una actividad (que debieron entregar ya) relativa a la reforma del artículo 3o constitucional de 1934, que reinvindicó a la educación socialista. Para continuar con ese tema les pido consulten la Revista mexicana de investigación educativa en su primera edición con el artículo "Los principios de la reforma educativa socialista: imposición, consenso y negociación" (enero-junio de 1996), pp. 137-152. Deben leer este artículo para lo cual deben "bajarlo" en el sitio electrócnico de la mencionada revista alojado en el portal del Consejo Mexicano de Investigación Educativa (COMIE) en donde se encuentra en formato pdf. y hacer una resumen del mismo escrito en dos cuartillas máximo. Dicho resumen deberán enviarlo el miércoles 19 de octubre, por correo electrónico. Reciban un cordial saludo y estén atentos ese día miércoles en la noche que habra nuevas instrucciones. Saludos.
pd. estoy a su disposición en mi dirección de correo electrónico.

miércoles, 12 de octubre de 2011

Nueva actividad

Hola compañer@s del 7o semestre, grupos A y B: la suspensión de actividades docentes se mantiene todavía y ya vamos a cumplir una semana sin clases. Así que pasados unos días de vacaciones forzadas, volvemos a la carga. Como les comenté en clases les dejó el texto completo del artículo 3o reformado en 1934.
Después de revisarlo, y teniendo presente el textodel artículo 3o tal como salió del constituyente de Querétaro en 1917, señale en forma escrita, cuáles son a su juicio las novedades que tiene la reforma de 1934, qué es lo que cambió y qué es lo que permanece sin modificación en el texto.
A partir de una búsqueda de contenidos señale cuáles fueron las consecuencias parael estado posrevolucionario mexicano de la reforma de la educación socialista y cómo quedaba el concepto de libertad educativa.
Por favor me lo envían en forma de cuadro matriz con tres columnas. Fecha de recepción, lunes 17 de octubre de 2011 a mi dirección electrónica:

El artículo 3º constitucional reformado en 1934

Artículo 3º.- La educación que imparta el Estado será socialista, y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá al fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social.
Sólo el Estado-Federación, Estados, Municipios-, impartirá educación primaria, secundaria o normal. Podrán concederse autorizaciones a los particulares que deseen impartir educación en cualquiera de los tres grados anteriores, de acuerdo en todo caso con las siguientes normas:
I. Las actividades y enseñanzas de los planteles particulares deberán ajustarse, sin excepción alguna, a lo preceptuado en el párrafo inicial de este artículo y estará a cargo de persona que en concepto del Estado tengan suficiente preparación profesional, convenientes moralidad e ideología acorde con este precepto. En tal virtud, las corporaciones religiosas, los ministros de los cultos, las sociedades por acciones que exclusiva o preferentemente realicen actividades educativas y las asociaciones o sociedades ligadas directa o indirectamente con la propaganda de un credo religioso, no intervendrán en forma alguna en escuelas primarias, secundarias o normales, ni podrán apoyarlas económicamente;
II. La formación de planes, programas y métodos de enseñanza corresponderá en todo caso al Estado;
III. No podrán funcionar los planteles particulares sin haber obtenido previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público.
IV. El Estado podrá revocar en cualquier tiempo, las autorizaciones concedidas. Contra la revocación no procederá recurso o juicio alguno.
Esas mismas normas regirán la educación de cualquier tipo que se imparta a obreros y campesinos.
La educación primaria será obligatoria y el Estado la impartirá gratuitamente.
El Estado podrá retirar discrecionalmente y en cualquier tiempo el reconocimiento de validez oficial a los estudios hechos en planteles particulares.
El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los estados y los municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio religioso y a señalar las sanciones aplicables a funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, los mismo que a todos aquellos que las infrinjan.

sábado, 17 de septiembre de 2011

Sobre la construcción del artículo 3o constitucional en su versión original. 1917

El artículo tercero constitucional, proceso de construcción en el Congreso constituyente de 1916-1917.


1.- Proyecto del artículo 3º presentado por el presidente Venustiano Carranza ante el Congreso Constituyente de 1917.

Artículo 3º. Habrá plena libertad de enseñanza; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, y gratuita la enseñanza primaria superior y elemental que se imparta en los mismos establecimientos.

Fuente: Alberto Bremauntz, La educación socialista en México. Antecedentes y fundamentos de la reforma de 1934,México, Imprenta Rivadeneyra, 1934, p. 61.



2.- Dictamen que sobre el artículo 3º. de la Constitución, relativo a la enseñanza, presentó al Constituyente de Querétaro la comisión respectiva, y el cual contiene los fundamentos de tal precepto.

Ciudadanos diputados:

El artículo 3º. del proyecto de Constitución proclama la libertad de enseñanza, sin taxativa, con la aplicación de que continuará siendo laica la enseñanza que se dé en los establecimientos oficiales y gratuita la educación en las escuelas oficiales primarias.

La comisión profesa la teoría de que la misión del poder público es procurar a cada uno de los asociados la mayor libertad compatible con el derecho igual de los demás, y de este principio, aplicando el método deductivo, llega a la conclusión de que es justo restringir un derecho natural cuando su libre ejercicio alcance a afectar la conservación de la sociedad o a estorbar su desarrollo. La enseñanza religiosa, que entraña la explicación de las ideas más abstractas, ideas que no puede asimilar la inteligencia de la niñez, esa enseñanza contribuye a contrariar el desarrollo psicológico natural del niño y tiende a producir cierta deformación del espíritu, semejante a la deformación física que podría producir un método gimnástico vicioso: en consecuencia, el Estado debe proscribir toda enseñanza religiosa en todas las escuelas primarias, sean oficiales o particulares.

La enseñanza religiosa afecta, además bajo otra fase, el desarrollo de la sociedad mexicana. No siendo asimilables por la inteligencia del niño las ideas contenidas en cualquier dogma religioso, quedan en su espíritu en la categoría de sentimientos, se depositan allí como gérmenes prontos a desarrollarse en un violento fanatismo. Esto explica el afán del clero de apoderarse de la enseñanza, principalmente de la elemental.

En al historia patria, estudiada imparcialmente, el clero aparece como enemigo más cruel y tenaz de nuestras libertades; su doctrina ha sido y es los intereses de la iglesia, antes que los intereses de la patria. Desarmado el clero a consecuencia de la Leyes de Reforma tuvo la oportunidad después, bajo la tolerancia de la dictadura, de emprender pacientemente una labor dirigida, a restablecer su poderío por encima de la autoridad civil. Bien sabido es cómo ha logrado rehacerse de los bienes de que fue privado; bien conocidos son también los medios de que se ha servido para volver apoderarse de las conciencias; absorber la enseñanza; declararse propagandista de la ciencia para impedir mejor su difusión; poner luces en el exterior para conservar dentro el oscurantismo. En algunas regiones ha llevado el clero su audacia hasta condenar la enseñanza en toda escuela que no se sometiera al programa educativo episcopal. A medida que una sociedad adelanta en el camino de la civilización, se especializan las funciones de la Iglesia y del Estado; no tarda en acentuarse la competencia que nace entre ambas potestades; si la fe no es ya absoluta en el pueblo, si han comenzado a desvanecerse las creencias en lo sobrenatural el poder civil acaba por sobreponerse. Este fenómeno se produjo ha mucho de la República. La tendencia manifiesta del clero a subyugar la enseñanza, no es sino un medio preparatorio para usurpar las funciones del Estado; no puede considerarse esa tendencia como simplemente conservadora, sino como verdaderamente regresiva; y por tanto, pone el peligro la conservación y estorba el desarrollo natural de la sociedad mexicana; y por lo mismo debe reprimirse esa tendencia, quitando a los que la abrigan el medio de realizarla: es preciso prohibir a los ministros de los cultos toda injerencia en la enseñanza primaria.

Excusado es insistir, después de lo expuesto, en que la enseñanza en las escuelas oficiales debe ser laica. Dando a este vocablo la significación de neutral, se ha entendido que el laicismo cierra los labios del maestro ante todo error revestido de alguna apariencia religiosa. La comisión entiende por enseñanza laica la enseñanza ajena a toda creencia religiosa, la enseñanza que trasmite la verdad y desengaña de error inspirándose en un criterio rigurosamente científico; no encuentra la comisión otro vocablo que exprese su idea más que el de laico, y de éste, se ha servido, haciendo constar que no es de propósito darle la aceptación de neutral indicada al principio.

Un diputado ha propuesto a la comisión que incluya en el artículo 3º. la obligación que debe imponerse a los gobiernos de establecer determinado número de escuelas. La comisión juzga que esta iniciativa no cabe en la sección de las garantías individuales; en ella los preceptos deben limitarse a expresar el derecho natural que reconoce la ley las restricciones que considere necesario ponerle; nada más.

Lo expuesto funda las siguientes conclusiones que sometemos a la aprobación de la Asamblea:

Primera. No se aprueba el artículo 3º del proyecto de Constitución.
Segunda. Se substituye dicho artículo por el siguiente:

Artículo 3º. Habrá libertad de enseñanza; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa, ministro de algún culto o persona perteneciente a alguna asociación semejante, podrá establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria, ni impartir enseñanza personalmente en ningún colegio. Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia del gobierno. La enseñanza primaria será obligatoria para todos los mexicanos y en los establecimientos oficiales será impartida gratuitamente.

Querétaro de Arteaga, 9 de diciembre de 1916.- General Francisco J. Múgica.- Alberto Román.- Enrique Recio.- Enrique Colunga.

Fuente: Vicente Fuentes Díaz y Alberto Morales Jiménez, Los grandes educadores mexicanos del siglo XX, México. Edición. Cultura y Ciencia Política, 1969. p. 71.

3.- Artículo 3º aprobado por el Congreso Constituyente de Querétaro en 1917

Art. 3º. La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares.

Ninguna corporación religiosa ni ministro de ningún culto podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria.

Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial.

En los establecimientos oficiales se impartirá gratuitamente la enseñanza primaria.

Fuente: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, 1917.




4.- Exposición de motivos y proyectos de reforma al artículo 3º Constitucional presentado por el presidente Venustiano Carranza en noviembre de 1918

El Ejecutivo considera a todas luces de trascendental importancia afirmar que en el actual momento de la civilización resulta infundado cualquier temor al ejercicio de la libertad.

El poder público, particularmente, nada teme de libertad de enseñanza; por el contrario, cuenta en ella con un auxiliar de primer orden para la consecución de los fines del progreso, pues la difusión de las letras, quien quiera que sea el que las haga, coadyuva de manera principal a la ejecución de los más relevantes proyectos de cualquier gobierno….

Si en las leyes institucionales perdurase el espíritu parcial que se observa en el artículo 3º, según fue aprobado en la Asamblea de Querétaro, se correría el grave riesgo de prolongar la irritación característica de las contiendas de religión que tan funestas han sido en el Viejo y en el Nuevo Mundo, por guardar en la Ley Suprema los rescoldos de semejantes disensiones que equivale a fomentar las rencillas que comprometen la solidaridad humana a la cuerda de fraternidad con que deben ligarse los ciudadanos de cualquier nación.

Resultaría inconcebible que las armas del partido que quedaron sin esgrimirse a raíz de la Guerra de Tres Años fuesen empleadas hoy, cuando a pesar de los instintos diseminados de algunos retrógrados y con todo y la efervescencia del espíritu radical, el sentido de franco y general del país se ha externado a favor de la más sincera tolerancia…

Indeclinables razones, vinculadas con la seguridad exterior de la República, impidieron que el Primer Jefe del Ejército Constitucional hiciera ninguna observación en el Congreso, durante la discusión, como pudiera haberla efectuado dentro de la solidaridad que lo unía con la Asamblea, y sin que ello implicara un veto. El Primer Jefe, deliberadamente en el caso del artículo 3º, como en la discusión de otros preceptos que ha considerado retardatarios y parciales, se abstuvo de hacer indicaciones en el sentido de que se procurara el triunfo de determinadas ideas, con el doble propósito de dejar en libertad al Congreso, y de que éste concluyera sus labores en el tiempo señalado por la convocatorias, para que a toda costa se expidiese y promulgase la Constitución política del país, tocando a cada quien las responsabilidades que por los desaciertos cometidos le corresponda, en fin, con la esperanza de que, restaurado el orden constitucional, se iniciaran las reformas conducentes a la Carta Magna por quien correspondiera y conforme a los requisitos y formas titulares que acordara el mismo Código Político. El artículo tercero quedó, por tanto, sancionado en definitiva, continuando el Congreso sus labores, para las cuales contaba con un estrecho plazo. La libertad de enseñanza entró así a figurar en el nuevo Código más que como una garantía, como arma contra especiales orientaciones educativas.

La experiencia posterior a la promulgación de la Carta Magna ha venido encareciendo la necesidad de consagrar la materia en cuestión dentro de moldes menos combativos, y con apego a un espíritu de abierta liberalidad, francamente humana. El Ejecutivo no pretende que en la pugna de teoría prevalezca un criterio extremista al iniciar la reforma del texto constitucional, pues sólo aspira a perfeccionarlo, según los incontrovertibles dictados de la vida real de la nación…

Las leyes impracticables, allanando el camino de la injuria, orillan al pueblo a la violación y al menosprecio de los mandatos escritos. Por contrarrestar el fanatismo no sería ilícito acudir al menoscabo de las garantías constitucionales, aparte de que los riesgos de la libertad no se conjuran con declaraciones hipotéticas…

La divulgación de las letras, la sana polémica, la suavidad de las costumbres y en especial, el desenvolvimiento del pueblo, por grados que no pueden forzarse, aunque sí estimularse por la ley, persistirán como los únicos factores adecuados al progreso de la República.

Para zanjar las dificultades que presenta esta grave materia, en la cual se confunden los asuntos de cultura con los de civismo, el Ejecutivo estima indispensable que el texto del Código Supremo adquiera una liberalidad fijando, como defensa de las generaciones escolares, la obligación de cursar los programas oficiales y de sujetarse a la discreta y eficaz inspección del Gobierno…

Artículo tercero. Es libre el ejercicio de la enseñanza; pero ésta será laica en los establecimientos oficiales de educación y laica y gratuita la primaria superior y la elemental que se imparta en los mismos. Los planteles particulares de educación estarán sujetos a los programas e inspección oficiales.

Fuente: Alberto Bremauntz, op cit., p. 61.


Tomado de: Guadalupe Monroy Huitrón, Política Educativa de la Revolución 1910 -1940,
México
, SEP. Cultura, 1985.

Texto primer examen

Hola a Todos. Como no tengo los correos de los jefes de grupo les envío por este medio el examen. Por favor quiero tener en mi correo electrónico: pacopp_ruiz@yahoo.com
sus respuestas a más tardar a las ocho de la mañana del lunes 19 de los corrientes. Así que tienen más de 24 horas para contestarlo y los elementos para obtener la nota más alta. Va el texto. Los que primero vean este mensaje, favor de correr la voz y no olviden escribir el nombre y el grupo. Gracias y espero que la hayan pasado bien los saludo.

INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA
Asignatura: Historia y política de la educación en México,
Séptimo semestre, grupos A y B.
Catedrático: Francisco José Ruiz Cervantes
Primer examen parcial, jueves 15 de septiembre de 2011
Nombre Grupo

1.- Escribe un número a partir del 1 dentro del paréntesis, ordenando los hechos en orden cronológico, del más antiguo al más reciente:
Ley de instrucción rudimentaria ( )
Fundación de la Universidad Nacional ( )
Primer Congreso nacional de instrucción pública ( )
Expedición del Manifiesto y programa del Partido Liberal Mexicano ( )
1.0 punto

2.- Escribe en dos párrafos tu opinión sobre los siguientes planteamientos relacionando ambos:
“El más principal fundamente de la felicidad del hombre es sin duda la educación de ambos sexos; porque a la vez que da talento para su existencia física, modifica los ímpetus desordenados del corazón” (El Zapoteco, Oaxaca, 1833)
“Tanto los liberales como los conservadores van a tener conciencia de la importancia de la educación en su doble valor: como instrumento de mejoramiento material del país y como modelador de ciudadanos leales” (Josefina Z. Vázquez, Nacionalismo y educación en México)
2.0 puntos

3.- Entre el texto de Francisco Zarco (1850) que consideraba que una escuela y un templo eran las primeras necesidades de un pueblo y el Programa del Partido Liberal Mexicano (1906) que proponía la supresión de las escuelas del clero, señala las razones que a tu juicio explican este cambio de perspectiva entre generaciones liberales 2.0 puntos

4.-Apunta al menos una ventaja y una limitación de la creación de las escuelas rudimentarias a partir de 1912. 1.0 punto

5.- Relaciona los nombres de los personajes con las acciones realizadas, escribiendo los nombres donde corresponde 1.0 punto


Enrique C. Rébsamen, Joaquín Baranda, Gabino Barreda, Justo Sierra, Abraham Castellanos, Gregorio Torres Quintero, Francisco Díaz Covarrubias
5.1 Profesor de educación primaria egresado de la Normal veracruzana, autor de la Pedagogía Rebsamen; crítico de la ley de instrucción rudimentaria
5.2 Médico mexicano, introductor del positivismo en el país, fundador de la Escuela Nacional Preparatoria
5.3 Pedagogo renovador de la escuela primaria y normal. Fue director de la Escuela Normal de Jalapa en donde difundió las ideas de Pestalozzi y Herbart
5.4 Escritor y político, miembro del grupo llamado de “los científicos” fue el primer titular de la Secretaría de Instrucción pública y Bellas Artes.

6.- De haber presenciado los debates del congreso constituyente con qué posición habrías simpatizado. Construye tu argumentación a partir de las posiciones del Primer Jefe y de la Comisión dictaminadora, según sea el caso y por favor deja de lado la “corrección política”. 2.0 puntos

7.- Con la información que tienes cuál es tu opinión sobre la primera municipalización de la educación primaria impulsada por Venustiano Carranza. 1.0 punto

lunes, 5 de septiembre de 2011

Otras posiciones sobre instrucción pública, 1909

Notas del Partido Democrático sobre la instrucción pública…

Después de las declaraciones de Díaz al periodista estadounidense James Creelman sobre su retiro inminente de la primera magistratura, la cuestión política se animó entre sectores de la clase media urbana y así surgió el COPD, siglas del Comité organizador del Partido Democrático, agrupación que simpatizaba con la postulación del general Bernardo Reyes, a ese grupo se acercó el profesor Abraham Castellanos y colaboró en la elaboración de su plataforma política en el tema educativo. Años después este punto lo incluiría en su libro titulado Discursos a la Nación mexicana sobre la educación nacional.

[...]

Amplia difusión de la educación primaria


El Partido Democrático considera que es un deber de los gobiernos ilustrar y educar a los ciudadanos y en consecuencia, se esforzará para obtener la reforma de nuestra Constitución, en el sentido de que se imponga tanto al Gobierno Federal como al de los estados, el deber de impartir la enseñanza primaria gratuita, obligatoria y laica, y la educación cívica, a toda agrupación que se componga de 50 familias como mínimum, debiendo corresponder a la Federación la organización, sostenimiento y difusión de la enseñanza normal, como base de la instrucción primaria y de la educación cívica. Nuestro Partido procurará que se dicten disposiciones en cuya virtud los hacendados, los industriales, los mineros y, en general, todos los que proporcionen trabajo a un número considerable de hombres, sean obligados a sostener escuelas primarias gratuitas, cuando las agrupaciones de trabajadores comprendan veinticinco familias como mínimum y siempre que la autoridad pública no haya establecido, en los lugares respectivos, alguna escuela.
El partido se esforzará porque se dicten leyes que impongan penas eficaces y severas, a los empresarios que ocupen a los niños de edad escolar en cualquier trabajo que les impida asistir a la escuela. Deberá hacerse especial esfuerzo porque el idioma castellano llegue a ser hablado por toda la población indígena del país. El Partido considerar que siendo el libro y el periódico los vehículos principales de la enseñanza y de la educación cívica, debe poner todo su empeño para conseguir la libre importación de papel para impresos.
[….]
Tomado de Abraham Castellanos, Discursos a la Nación mexicana sobre la educación nacional, Oaxaca, Sección 22 del SNTE, Colecc. “Nuestros maestros”, 1990, pp. 42-43.