miércoles, 2 de noviembre de 2011

..Y seguimos en el limbo, sí señor...

Parafraseando al dicho beisbolero, la huelga no acaba hasta que se acaba, seguimos por esta vía.
He recibido sus trabajos. Ahora, para culminar el periodo cardenista les anuncio que voy a mandarles una lectura del profesor Arnaldo Córdova sobre los maestros rurales en el cardenismo, publicada hace algunos ayeres pero no por ello menos importante que lo que se ha publicado más recientemente sobre el tema. Por algo existen trabajos que se vuelven clásicos. Así que se los mando en PDF por correo a varias direcciones para que de ahí los reenvíen a todos los compañeros. Envío el texto enseguida y por favor me mandan de regreso un texto donde expresen cuál es la tesis central del artículo acerca del papel de los profesores rurales durante el cardenismo. y una respuesta a la pregunta qué se puede (si esto es posible) recuperar del trabajo realizado por estos profesores en el momento actual, de crisis de la educación pública. Una cuartilla y media máximo para incorporar ambas cuestiones,. Fecha de entrega, martes próximo, 8 de noviembre por esta vía...o en papel si ya regresamos (cómo no). Saludos.

sábado, 22 de octubre de 2011

Rechazo a la educación socialista

22 de octubre de 2011. Como van las cosas nos vamos a llevar unos días sin poder regresar a las aulas. Los frutos amargos de la necedad pero ahora a lo nuestro:


La puesta en marcha de la educación socialista generó resistencias en regiones del país y rechazo de la iglesia católica mexicana. Como sugiere el artículo de Lourdes Quintanilla el impacto de esta decisión política fue diferencial en distintas regiones del país. Ahora les envío un texto propagandístico de la Unión Nacional de Padres de Familia, organismo vinculado con la jerarquía católica y que vio la luz en el sexenio cardenista. Paralelamente les haré llegar un breve artículo sobre la resistencia a la educación socialista en el estado de Aguascalientes. Ambos textos nos acercan al ambiente tan polarizado de aquella época. Va pues.


LA ESCUELA SOCIALISTA ES ANTIPATRIÓTICA
1º Pretende destruir todas las instituciones sociales, que son el fundamento de los gobiernos existentes, para que estos desaparezcan y, de sus ruinas surja el Estado comunista rojo.
2º Ataca a la Familia, que es la base de la Sociedad en sus vínculos morales y afectivos, predica a los hijos la falta de respeto, cariño y sumisión a los padres.
3º Dice que debe arrancarse a los padres el amor de sus hijos, porque es un tumor canceroso creado por la burguesía en perjuicio del Estado.
4º Sostiene que los hijos no pertenecen a los Padres sino al Estado y que los padres no son sino animales de cría, para constituir productores de soldados rojos.
LA ESCUELA SOCIALISTA ES ATEA. Niega la existencia de Dios y la creación del hombre.
Es MATERIALISTA. Niega la existencia del alma, su espiritualidad y su inmortalidad.
Es FATALISTA. Niega el libre albedrío y la responsabilidad de la conducta humana.
COMATE TODAS LAS RELIGIONES sobre todo el CATOLICISMO, sosteniendo que “la religión es el opio del pueblo”.
LA ESCUELA SOCIALISTA, ESTABLECE EL ESTADO-TODO. Según ella el Estado es:
1º.- Dios y Providencia.- Para probarlos, reúne a los niños en comedores públicos separan a un grupo de ellos y dicen “lo que quieran pídanselo a DIOS y verán como no se los da; en cambio, este grupo de niños que ustedes ven tomando el desayuno lo reciben del Estado que es el verdadero Dios, la única Providencia y nuestro verdadero padre”. Después de ese tormento, les sirven el desayuno para convencerlos, con el estómago, del Estado-Dios. Estas son las prácticas del socialismo rojo.
2º .- El Estado es el único propietario: los campos, las fábricas, las casas, el dinero, todo, absolutamente todo es del Estado y para el Estado. Todo y cada uno de los habitantes están obligados a entregar al Estado sus bienes, y a servirle sin otra remuneración que lo estrictamente indispensable para la alimentación quedando todos ellos convertidos en verdaderos esclavos.
Tal será el porvenir de nuestra querida Patria; tal es la esclavitud ignominiosa que nos espera, si los padres de Familia no salvamos a nuestros hijos, aún a costa de sacrificios.

Fuente: Unión Nacional de Padres de Familia. Boletín oficial, México, t. II, # 6, julio-agosto de 1934, pp. 1-2. Documento localizado en la Biblioteca Francisco de Burgoa, UABJO, México.


Actividad: elaborar en un párrafo la idea central de este panfleto. Junto con el otro artículo que lo enviaré por correo electrónico a los estudiantes mandarlo de regreso el próximo miércoles 26 del mes que corre. Salud

domingo, 16 de octubre de 2011

Un artículo para revisar.

Hola compañer@s, la suspensión de actividades docentes continúa en la UABJO. si revisaron la entrada anterior se planteó una actividad (que debieron entregar ya) relativa a la reforma del artículo 3o constitucional de 1934, que reinvindicó a la educación socialista. Para continuar con ese tema les pido consulten la Revista mexicana de investigación educativa en su primera edición con el artículo "Los principios de la reforma educativa socialista: imposición, consenso y negociación" (enero-junio de 1996), pp. 137-152. Deben leer este artículo para lo cual deben "bajarlo" en el sitio electrócnico de la mencionada revista alojado en el portal del Consejo Mexicano de Investigación Educativa (COMIE) en donde se encuentra en formato pdf. y hacer una resumen del mismo escrito en dos cuartillas máximo. Dicho resumen deberán enviarlo el miércoles 19 de octubre, por correo electrónico. Reciban un cordial saludo y estén atentos ese día miércoles en la noche que habra nuevas instrucciones. Saludos.
pd. estoy a su disposición en mi dirección de correo electrónico.

miércoles, 12 de octubre de 2011

Nueva actividad

Hola compañer@s del 7o semestre, grupos A y B: la suspensión de actividades docentes se mantiene todavía y ya vamos a cumplir una semana sin clases. Así que pasados unos días de vacaciones forzadas, volvemos a la carga. Como les comenté en clases les dejó el texto completo del artículo 3o reformado en 1934.
Después de revisarlo, y teniendo presente el textodel artículo 3o tal como salió del constituyente de Querétaro en 1917, señale en forma escrita, cuáles son a su juicio las novedades que tiene la reforma de 1934, qué es lo que cambió y qué es lo que permanece sin modificación en el texto.
A partir de una búsqueda de contenidos señale cuáles fueron las consecuencias parael estado posrevolucionario mexicano de la reforma de la educación socialista y cómo quedaba el concepto de libertad educativa.
Por favor me lo envían en forma de cuadro matriz con tres columnas. Fecha de recepción, lunes 17 de octubre de 2011 a mi dirección electrónica:

El artículo 3º constitucional reformado en 1934

Artículo 3º.- La educación que imparta el Estado será socialista, y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá al fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social.
Sólo el Estado-Federación, Estados, Municipios-, impartirá educación primaria, secundaria o normal. Podrán concederse autorizaciones a los particulares que deseen impartir educación en cualquiera de los tres grados anteriores, de acuerdo en todo caso con las siguientes normas:
I. Las actividades y enseñanzas de los planteles particulares deberán ajustarse, sin excepción alguna, a lo preceptuado en el párrafo inicial de este artículo y estará a cargo de persona que en concepto del Estado tengan suficiente preparación profesional, convenientes moralidad e ideología acorde con este precepto. En tal virtud, las corporaciones religiosas, los ministros de los cultos, las sociedades por acciones que exclusiva o preferentemente realicen actividades educativas y las asociaciones o sociedades ligadas directa o indirectamente con la propaganda de un credo religioso, no intervendrán en forma alguna en escuelas primarias, secundarias o normales, ni podrán apoyarlas económicamente;
II. La formación de planes, programas y métodos de enseñanza corresponderá en todo caso al Estado;
III. No podrán funcionar los planteles particulares sin haber obtenido previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público.
IV. El Estado podrá revocar en cualquier tiempo, las autorizaciones concedidas. Contra la revocación no procederá recurso o juicio alguno.
Esas mismas normas regirán la educación de cualquier tipo que se imparta a obreros y campesinos.
La educación primaria será obligatoria y el Estado la impartirá gratuitamente.
El Estado podrá retirar discrecionalmente y en cualquier tiempo el reconocimiento de validez oficial a los estudios hechos en planteles particulares.
El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los estados y los municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio religioso y a señalar las sanciones aplicables a funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, los mismo que a todos aquellos que las infrinjan.

sábado, 17 de septiembre de 2011

Sobre la construcción del artículo 3o constitucional en su versión original. 1917

El artículo tercero constitucional, proceso de construcción en el Congreso constituyente de 1916-1917.


1.- Proyecto del artículo 3º presentado por el presidente Venustiano Carranza ante el Congreso Constituyente de 1917.

Artículo 3º. Habrá plena libertad de enseñanza; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, y gratuita la enseñanza primaria superior y elemental que se imparta en los mismos establecimientos.

Fuente: Alberto Bremauntz, La educación socialista en México. Antecedentes y fundamentos de la reforma de 1934,México, Imprenta Rivadeneyra, 1934, p. 61.



2.- Dictamen que sobre el artículo 3º. de la Constitución, relativo a la enseñanza, presentó al Constituyente de Querétaro la comisión respectiva, y el cual contiene los fundamentos de tal precepto.

Ciudadanos diputados:

El artículo 3º. del proyecto de Constitución proclama la libertad de enseñanza, sin taxativa, con la aplicación de que continuará siendo laica la enseñanza que se dé en los establecimientos oficiales y gratuita la educación en las escuelas oficiales primarias.

La comisión profesa la teoría de que la misión del poder público es procurar a cada uno de los asociados la mayor libertad compatible con el derecho igual de los demás, y de este principio, aplicando el método deductivo, llega a la conclusión de que es justo restringir un derecho natural cuando su libre ejercicio alcance a afectar la conservación de la sociedad o a estorbar su desarrollo. La enseñanza religiosa, que entraña la explicación de las ideas más abstractas, ideas que no puede asimilar la inteligencia de la niñez, esa enseñanza contribuye a contrariar el desarrollo psicológico natural del niño y tiende a producir cierta deformación del espíritu, semejante a la deformación física que podría producir un método gimnástico vicioso: en consecuencia, el Estado debe proscribir toda enseñanza religiosa en todas las escuelas primarias, sean oficiales o particulares.

La enseñanza religiosa afecta, además bajo otra fase, el desarrollo de la sociedad mexicana. No siendo asimilables por la inteligencia del niño las ideas contenidas en cualquier dogma religioso, quedan en su espíritu en la categoría de sentimientos, se depositan allí como gérmenes prontos a desarrollarse en un violento fanatismo. Esto explica el afán del clero de apoderarse de la enseñanza, principalmente de la elemental.

En al historia patria, estudiada imparcialmente, el clero aparece como enemigo más cruel y tenaz de nuestras libertades; su doctrina ha sido y es los intereses de la iglesia, antes que los intereses de la patria. Desarmado el clero a consecuencia de la Leyes de Reforma tuvo la oportunidad después, bajo la tolerancia de la dictadura, de emprender pacientemente una labor dirigida, a restablecer su poderío por encima de la autoridad civil. Bien sabido es cómo ha logrado rehacerse de los bienes de que fue privado; bien conocidos son también los medios de que se ha servido para volver apoderarse de las conciencias; absorber la enseñanza; declararse propagandista de la ciencia para impedir mejor su difusión; poner luces en el exterior para conservar dentro el oscurantismo. En algunas regiones ha llevado el clero su audacia hasta condenar la enseñanza en toda escuela que no se sometiera al programa educativo episcopal. A medida que una sociedad adelanta en el camino de la civilización, se especializan las funciones de la Iglesia y del Estado; no tarda en acentuarse la competencia que nace entre ambas potestades; si la fe no es ya absoluta en el pueblo, si han comenzado a desvanecerse las creencias en lo sobrenatural el poder civil acaba por sobreponerse. Este fenómeno se produjo ha mucho de la República. La tendencia manifiesta del clero a subyugar la enseñanza, no es sino un medio preparatorio para usurpar las funciones del Estado; no puede considerarse esa tendencia como simplemente conservadora, sino como verdaderamente regresiva; y por tanto, pone el peligro la conservación y estorba el desarrollo natural de la sociedad mexicana; y por lo mismo debe reprimirse esa tendencia, quitando a los que la abrigan el medio de realizarla: es preciso prohibir a los ministros de los cultos toda injerencia en la enseñanza primaria.

Excusado es insistir, después de lo expuesto, en que la enseñanza en las escuelas oficiales debe ser laica. Dando a este vocablo la significación de neutral, se ha entendido que el laicismo cierra los labios del maestro ante todo error revestido de alguna apariencia religiosa. La comisión entiende por enseñanza laica la enseñanza ajena a toda creencia religiosa, la enseñanza que trasmite la verdad y desengaña de error inspirándose en un criterio rigurosamente científico; no encuentra la comisión otro vocablo que exprese su idea más que el de laico, y de éste, se ha servido, haciendo constar que no es de propósito darle la aceptación de neutral indicada al principio.

Un diputado ha propuesto a la comisión que incluya en el artículo 3º. la obligación que debe imponerse a los gobiernos de establecer determinado número de escuelas. La comisión juzga que esta iniciativa no cabe en la sección de las garantías individuales; en ella los preceptos deben limitarse a expresar el derecho natural que reconoce la ley las restricciones que considere necesario ponerle; nada más.

Lo expuesto funda las siguientes conclusiones que sometemos a la aprobación de la Asamblea:

Primera. No se aprueba el artículo 3º del proyecto de Constitución.
Segunda. Se substituye dicho artículo por el siguiente:

Artículo 3º. Habrá libertad de enseñanza; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa, ministro de algún culto o persona perteneciente a alguna asociación semejante, podrá establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria, ni impartir enseñanza personalmente en ningún colegio. Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia del gobierno. La enseñanza primaria será obligatoria para todos los mexicanos y en los establecimientos oficiales será impartida gratuitamente.

Querétaro de Arteaga, 9 de diciembre de 1916.- General Francisco J. Múgica.- Alberto Román.- Enrique Recio.- Enrique Colunga.

Fuente: Vicente Fuentes Díaz y Alberto Morales Jiménez, Los grandes educadores mexicanos del siglo XX, México. Edición. Cultura y Ciencia Política, 1969. p. 71.

3.- Artículo 3º aprobado por el Congreso Constituyente de Querétaro en 1917

Art. 3º. La enseñanza es libre; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria, elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares.

Ninguna corporación religiosa ni ministro de ningún culto podrán establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria.

Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia oficial.

En los establecimientos oficiales se impartirá gratuitamente la enseñanza primaria.

Fuente: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, México, 1917.




4.- Exposición de motivos y proyectos de reforma al artículo 3º Constitucional presentado por el presidente Venustiano Carranza en noviembre de 1918

El Ejecutivo considera a todas luces de trascendental importancia afirmar que en el actual momento de la civilización resulta infundado cualquier temor al ejercicio de la libertad.

El poder público, particularmente, nada teme de libertad de enseñanza; por el contrario, cuenta en ella con un auxiliar de primer orden para la consecución de los fines del progreso, pues la difusión de las letras, quien quiera que sea el que las haga, coadyuva de manera principal a la ejecución de los más relevantes proyectos de cualquier gobierno….

Si en las leyes institucionales perdurase el espíritu parcial que se observa en el artículo 3º, según fue aprobado en la Asamblea de Querétaro, se correría el grave riesgo de prolongar la irritación característica de las contiendas de religión que tan funestas han sido en el Viejo y en el Nuevo Mundo, por guardar en la Ley Suprema los rescoldos de semejantes disensiones que equivale a fomentar las rencillas que comprometen la solidaridad humana a la cuerda de fraternidad con que deben ligarse los ciudadanos de cualquier nación.

Resultaría inconcebible que las armas del partido que quedaron sin esgrimirse a raíz de la Guerra de Tres Años fuesen empleadas hoy, cuando a pesar de los instintos diseminados de algunos retrógrados y con todo y la efervescencia del espíritu radical, el sentido de franco y general del país se ha externado a favor de la más sincera tolerancia…

Indeclinables razones, vinculadas con la seguridad exterior de la República, impidieron que el Primer Jefe del Ejército Constitucional hiciera ninguna observación en el Congreso, durante la discusión, como pudiera haberla efectuado dentro de la solidaridad que lo unía con la Asamblea, y sin que ello implicara un veto. El Primer Jefe, deliberadamente en el caso del artículo 3º, como en la discusión de otros preceptos que ha considerado retardatarios y parciales, se abstuvo de hacer indicaciones en el sentido de que se procurara el triunfo de determinadas ideas, con el doble propósito de dejar en libertad al Congreso, y de que éste concluyera sus labores en el tiempo señalado por la convocatorias, para que a toda costa se expidiese y promulgase la Constitución política del país, tocando a cada quien las responsabilidades que por los desaciertos cometidos le corresponda, en fin, con la esperanza de que, restaurado el orden constitucional, se iniciaran las reformas conducentes a la Carta Magna por quien correspondiera y conforme a los requisitos y formas titulares que acordara el mismo Código Político. El artículo tercero quedó, por tanto, sancionado en definitiva, continuando el Congreso sus labores, para las cuales contaba con un estrecho plazo. La libertad de enseñanza entró así a figurar en el nuevo Código más que como una garantía, como arma contra especiales orientaciones educativas.

La experiencia posterior a la promulgación de la Carta Magna ha venido encareciendo la necesidad de consagrar la materia en cuestión dentro de moldes menos combativos, y con apego a un espíritu de abierta liberalidad, francamente humana. El Ejecutivo no pretende que en la pugna de teoría prevalezca un criterio extremista al iniciar la reforma del texto constitucional, pues sólo aspira a perfeccionarlo, según los incontrovertibles dictados de la vida real de la nación…

Las leyes impracticables, allanando el camino de la injuria, orillan al pueblo a la violación y al menosprecio de los mandatos escritos. Por contrarrestar el fanatismo no sería ilícito acudir al menoscabo de las garantías constitucionales, aparte de que los riesgos de la libertad no se conjuran con declaraciones hipotéticas…

La divulgación de las letras, la sana polémica, la suavidad de las costumbres y en especial, el desenvolvimiento del pueblo, por grados que no pueden forzarse, aunque sí estimularse por la ley, persistirán como los únicos factores adecuados al progreso de la República.

Para zanjar las dificultades que presenta esta grave materia, en la cual se confunden los asuntos de cultura con los de civismo, el Ejecutivo estima indispensable que el texto del Código Supremo adquiera una liberalidad fijando, como defensa de las generaciones escolares, la obligación de cursar los programas oficiales y de sujetarse a la discreta y eficaz inspección del Gobierno…

Artículo tercero. Es libre el ejercicio de la enseñanza; pero ésta será laica en los establecimientos oficiales de educación y laica y gratuita la primaria superior y la elemental que se imparta en los mismos. Los planteles particulares de educación estarán sujetos a los programas e inspección oficiales.

Fuente: Alberto Bremauntz, op cit., p. 61.


Tomado de: Guadalupe Monroy Huitrón, Política Educativa de la Revolución 1910 -1940,
México
, SEP. Cultura, 1985.

Texto primer examen

Hola a Todos. Como no tengo los correos de los jefes de grupo les envío por este medio el examen. Por favor quiero tener en mi correo electrónico: pacopp_ruiz@yahoo.com
sus respuestas a más tardar a las ocho de la mañana del lunes 19 de los corrientes. Así que tienen más de 24 horas para contestarlo y los elementos para obtener la nota más alta. Va el texto. Los que primero vean este mensaje, favor de correr la voz y no olviden escribir el nombre y el grupo. Gracias y espero que la hayan pasado bien los saludo.

INSTITUTO DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA
Asignatura: Historia y política de la educación en México,
Séptimo semestre, grupos A y B.
Catedrático: Francisco José Ruiz Cervantes
Primer examen parcial, jueves 15 de septiembre de 2011
Nombre Grupo

1.- Escribe un número a partir del 1 dentro del paréntesis, ordenando los hechos en orden cronológico, del más antiguo al más reciente:
Ley de instrucción rudimentaria ( )
Fundación de la Universidad Nacional ( )
Primer Congreso nacional de instrucción pública ( )
Expedición del Manifiesto y programa del Partido Liberal Mexicano ( )
1.0 punto

2.- Escribe en dos párrafos tu opinión sobre los siguientes planteamientos relacionando ambos:
“El más principal fundamente de la felicidad del hombre es sin duda la educación de ambos sexos; porque a la vez que da talento para su existencia física, modifica los ímpetus desordenados del corazón” (El Zapoteco, Oaxaca, 1833)
“Tanto los liberales como los conservadores van a tener conciencia de la importancia de la educación en su doble valor: como instrumento de mejoramiento material del país y como modelador de ciudadanos leales” (Josefina Z. Vázquez, Nacionalismo y educación en México)
2.0 puntos

3.- Entre el texto de Francisco Zarco (1850) que consideraba que una escuela y un templo eran las primeras necesidades de un pueblo y el Programa del Partido Liberal Mexicano (1906) que proponía la supresión de las escuelas del clero, señala las razones que a tu juicio explican este cambio de perspectiva entre generaciones liberales 2.0 puntos

4.-Apunta al menos una ventaja y una limitación de la creación de las escuelas rudimentarias a partir de 1912. 1.0 punto

5.- Relaciona los nombres de los personajes con las acciones realizadas, escribiendo los nombres donde corresponde 1.0 punto


Enrique C. Rébsamen, Joaquín Baranda, Gabino Barreda, Justo Sierra, Abraham Castellanos, Gregorio Torres Quintero, Francisco Díaz Covarrubias
5.1 Profesor de educación primaria egresado de la Normal veracruzana, autor de la Pedagogía Rebsamen; crítico de la ley de instrucción rudimentaria
5.2 Médico mexicano, introductor del positivismo en el país, fundador de la Escuela Nacional Preparatoria
5.3 Pedagogo renovador de la escuela primaria y normal. Fue director de la Escuela Normal de Jalapa en donde difundió las ideas de Pestalozzi y Herbart
5.4 Escritor y político, miembro del grupo llamado de “los científicos” fue el primer titular de la Secretaría de Instrucción pública y Bellas Artes.

6.- De haber presenciado los debates del congreso constituyente con qué posición habrías simpatizado. Construye tu argumentación a partir de las posiciones del Primer Jefe y de la Comisión dictaminadora, según sea el caso y por favor deja de lado la “corrección política”. 2.0 puntos

7.- Con la información que tienes cuál es tu opinión sobre la primera municipalización de la educación primaria impulsada por Venustiano Carranza. 1.0 punto

lunes, 5 de septiembre de 2011

Otras posiciones sobre instrucción pública, 1909

Notas del Partido Democrático sobre la instrucción pública…

Después de las declaraciones de Díaz al periodista estadounidense James Creelman sobre su retiro inminente de la primera magistratura, la cuestión política se animó entre sectores de la clase media urbana y así surgió el COPD, siglas del Comité organizador del Partido Democrático, agrupación que simpatizaba con la postulación del general Bernardo Reyes, a ese grupo se acercó el profesor Abraham Castellanos y colaboró en la elaboración de su plataforma política en el tema educativo. Años después este punto lo incluiría en su libro titulado Discursos a la Nación mexicana sobre la educación nacional.

[...]

Amplia difusión de la educación primaria


El Partido Democrático considera que es un deber de los gobiernos ilustrar y educar a los ciudadanos y en consecuencia, se esforzará para obtener la reforma de nuestra Constitución, en el sentido de que se imponga tanto al Gobierno Federal como al de los estados, el deber de impartir la enseñanza primaria gratuita, obligatoria y laica, y la educación cívica, a toda agrupación que se componga de 50 familias como mínimum, debiendo corresponder a la Federación la organización, sostenimiento y difusión de la enseñanza normal, como base de la instrucción primaria y de la educación cívica. Nuestro Partido procurará que se dicten disposiciones en cuya virtud los hacendados, los industriales, los mineros y, en general, todos los que proporcionen trabajo a un número considerable de hombres, sean obligados a sostener escuelas primarias gratuitas, cuando las agrupaciones de trabajadores comprendan veinticinco familias como mínimum y siempre que la autoridad pública no haya establecido, en los lugares respectivos, alguna escuela.
El partido se esforzará porque se dicten leyes que impongan penas eficaces y severas, a los empresarios que ocupen a los niños de edad escolar en cualquier trabajo que les impida asistir a la escuela. Deberá hacerse especial esfuerzo porque el idioma castellano llegue a ser hablado por toda la población indígena del país. El Partido considerar que siendo el libro y el periódico los vehículos principales de la enseñanza y de la educación cívica, debe poner todo su empeño para conseguir la libre importación de papel para impresos.
[….]
Tomado de Abraham Castellanos, Discursos a la Nación mexicana sobre la educación nacional, Oaxaca, Sección 22 del SNTE, Colecc. “Nuestros maestros”, 1990, pp. 42-43.

La instrucción pública en el Programa del Partido Liberal Mexicano

Saludos a tod@s: Adjunto las partes relativas al tema educativo tal como fueron concebidas por el Partido Liberal Mexicano (PLM) y plasmadas en el programa de julio de 1906, hace ya más de 106 años.

Programa del Partido Liberal Mexicano, 1 de julio de 1906*

Ricardo Flores Magón et. al.


La instrucción de la niñez debe reclamar muy especialmente los cuidados de un gobierno que verdaderamente anhele el engrandecimiento de la patria. En la escuela primaria está la profunda base de la grandeza de los pueblos, y puede decirse que las mejores instituciones poco valen y están en peligro de perderse, si al lado de ellas no existen múltiples y bien atendidas escuelas en que se formen los ciudadanos que en lo futuro deban velar por esas instituciones. Si queremos que nuestros hijos guarden incólumes las conquistas que hoy para ellos hagamos, procuremos ilustrarlos y educarlos en el civismo y el amor a todas las libertades.

Al suprimirse las escuelas del Clero, se impone imprescindiblemente para el gobierno la obligación de suplirlas sin tardanza, para que la proporción de escuelas existentes no disminuya y los clericales no puedan hacer cargos de que se ha perjudicado la instrucción. La necesidad de crear nuevas escuelas hasta dotar al país con todas las que reclame su población escolar la reconocerá a primera vista todo el que no sea un enemigo del progreso.

Para lograr que la instrucción laica se imparta en todas las escuelas sin ninguna excepción, conviene reforzar la obligación de las escuelas particulares de ajustar estrictamente sus programas a los oficiales, estableciendo responsabilidades y penas para los maestros que falten a este deber.

Por mucho tiempo, la noble profesión del magisterio ha sido de las más despreciadas, y esto solamente porque es de las peor pagadas. Nadie desconoce el mérito de esta profesión, nadie deja de designarla con los más honrosos epítetos; pero, al mismo tiempo, nadie respeta la verdad ni guarda atención a los pobres maestros que, por lo mezquino de sus sueldos, tienen que vivir en lamentables condiciones de inferioridad social. El porvenir que se ofrece a la juventud que abraza el magisterio, la compensación que se brinda a los que llamamos apóstoles de la enseñanza, no es otra cosa que una mal disfrazada miseria. Esto es injusto. Debe pagarse a los maestros buenos sueldos como lo merece su labor; debe dignificarse el profesorado, procurando a sus miembros el medio de vivir decentemente.

El enseñar rudimentos de artes y oficios en las escuelas acostumbra al niño a ver con naturalidad el trabajo manual, despierta en él afición a dicho trabajo, y lo prepara desarrollando sus aptitudes, para adoptar más tarde un oficio, mejor que emplear largos años en la conquista de un título. Hay que combatir desde la escuela ese desprecio aristocrático hacia el trabajo manual, que una educación viciosa ha imbuido a nuestra juventud; hay que formar trabajadores, factores de producción efectiva y útil, mejor que señores de pluma y de bufete. En cuanto a la instrucción militar en las escuelas, se hace conveniente para poner a los ciudadanos en aptitud de prestar sus servicios en la Guardia Nacional, en la que sólo perfeccionarán sus conocimientos militares. Teniendo todos los ciudadanos estos conocimientos, podrán defender a la patria cuando sea preciso y harán imposible el predominio de los soldados de profesión, es decir, del militarismo. La preferencia que se debe prestar a la instrucción cívica no necesita demostrarse.
[…]
Mejoramiento y fomento de la instrucción

10. Multiplicación de escuelas primarias, en tal escala que queden ventajosamente suplidos los establecimientos de instrucción que se clausuren por pertenecer al Clero.

11. Obligación de impartir enseñanza netamente laica en todas las escuelas de la república, sean del gobierno o particulares, declarándose la responsabilidad de los directores que no se ajusten a este precepto.

12. Declarar obligatoria la instrucción hasta la edad de catorce años, quedando al gobierno el deber de impartir protección en la forma que le sea posible a los niños pobres que por su miseria pudieran perder los beneficios de la enseñanza.

13. Pagar buenos sueldos a los maestros de instrucción primaria.

14. Hacer obligatoria para todas las escuelas de la república la enseñanza de los rudimentos de artes y oficios y la instrucción militar, y prestar preferente atención a la instrucción cívica que tan poco atendida es ahora.

[…]
_______________________________________
*En Óscar Castañeda Batres, “Planes políticos y otros documentos”, Revolución mexicana y Constitución de 1917, 1876-1938, México, Miguel Ángel Porrúa, 2ª ed., 1989, pp. 154-155 y 168.

domingo, 4 de septiembre de 2011

Leyes de instrucción pública

Como las vimos en la semana anterior, dejo en este espacio partes integrantes de legislación de instrucción pública entre 1861 y 1867. Van pues:
______________________________________________________________



LEGISLACIÓN DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA

De la instrucción pública*

El ciudadano Miguel Blanco, gobernador del distrito de México, a sus habitantes, sabed:
Que por el Ministerio de justicia e instrucción pública se me ha dirigido la siguiente

Ley sobre la instrucción pública en los establecimientos
que dependan del gobierno federal

El ciudadano Benito Juárez, presidente interino constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a los habitantes de la república hago saber:

Que en uso de las facultades de que me hallo investido, he tenido a bien decretar lo que sigue:

De la instrucción primaria

Art. 1º. La instrucción primaria, en el distrito y territorios, queda bajo inspección del gobierno federal, el que abrirá escuelas para niños de ambos sexos y auxiliará con sus fondos las que se sostengan por sociedades de beneficencia y por municipalidades, a efecto de que se sujeten todas al presente plan de estudios.

Art. 2º. El mismo gobierno federal sostendrá en los estados profesores para niños y niñas, que se destinarán a la enseñanza elemental en los pueblos cortos que carezcan de escuelas; estos profesores durarán sólo dos años en cada lugar, y además del sueldo se les señalará una cantidad para gastos de viaje y compra de útiles.

Art. 3º. Se establecerá inmediatamente en la capital de la república una escuela de sordomudos que se sujetará al reglamento especial que se forme para ella; y tan luego como las circunstancias lo permitan, se establecerán escuelas de la misma clase, sostenidas por los fondos generales, en los demás puntos del país que se creyere conveniente.

Art. 4º. La instrucción primaria elemental comprende lo siguiente: moral, lectura, lectura de las leyes fundamentales, escritura, elementos de gramática castellana, aritmética, sistema legal de pesos y medidas, canto. Además, costura y bordado en las escuelas de niñas.

Art. 5º. La instrucción primaria elemental y perfecta que se dará en un establecimiento modelo, y que servirá para proporcionar profesores a las escuelas de primeras letras, comprende los ramos siguientes: lectura, lectura de la constitución, escritura, gramática castellana, aritmética, hasta los logaritmos; álgebra, hasta las ecuaciones de 2º grado; geometría elemental, geografía, economía política, con la aplicación a los negocios del país; derecho internacional, gramática general, higiene, en sus relaciones con la moral; elementos de cronología, de historia general y del país, dibujo lineal y de ornato, teneduría de libros en partida doble, idiomas, inglés y francés por métodos prácticos, ejercicios de natación y de armas, sistema legal de pesos y medidas, canto. Un oficio.

* Fuente: Leyes de reforma, gobiernos de Comonfort y Juárez (1856-1863), México, Empresas Editoriales, 1947, pp. 119-121.


Ley de instrucción pública*

Oído nuestro ministro de instrucción pública y cultos, decretamos lo siguiente:

Título I. De las diferentes clases de instrucción

Art. 1º La instrucción pública comprende: la instrucción primaria, la instrucción secundaria, la instrucción superior de facultades, los estudios especiales.

Título II. De la instrucción primaria

Art. 2º A la instrucción primaria corresponden los ramos siguientes: principios de religión, urbanidad, lectura, caligrafía, aritmética, conocimientos generales del sistema métrico decimal y del que se ha usado comúnmente en la nación, gramática castellana.

Art. 3º La instrucción primaria será obligatoria; en consecuencia, las autoridades locales cuidarán de que los padres o tutores envíen a sus hijos o pupilos, desde la edad de cinco años, a las escuelas primarias públicas, quedando exentos de concurrir a ellas, los niños cuyos padres o encargados justifiquen suficientemente que los primeros reciben la instrucción referida en sus casas o en algún establecimiento privado.

Art. 4º La instrucción primaria será gratuita para todos los que no tengan la posibilidad de pagar la cuota mensual de un peso por cada niño: los ayuntamientos formarán la lista de las personas que deban contribuir con esa cuota, para la educación de sus hijos o niños que dependan de ellas.

Art. 5º Las escuelas primarias públicas están bajo la inmediata vigilancia de los ayuntamientos, y bajo la dirección del ministerio de instrucción pública, que la ejercerá por conducto de los prefectos.

Art. 6º El arreglo de la instrucción primaria se determinará por leyes y reglamentos especiales.
[…]

Capítulo X. De los profesores

Art. 72. La instrucción general y la especial, en los establecimientos públicos, se impartirá por profesores que comprueben tener buena conducta, aptitud para la enseñanza y el conocimiento perfecto de la ciencia que enseñan.

Art. 73. El profesorado constituye una carrera honorífica en el orden civil, e impone obligaciones y derechos determinados por la ley.

Art. 74. Todo profesor, para desempeñar las funciones de tal, deberá probar su aptitud en un examen riguroso, según se determinará en una ley especial; mientras tanto, y en calidad de por ahora, se seguirán las reglas siguientes.


*Fragmentos de la ley promulgada por Maximiliano, emperador de México, el 27 de diciembre de 1865, publicada por le Diario del Imperio, México, 15 de enero de 1866.



Ley orgánica de instrucción pública en el Distrito Federal*


Considerando que difundir la ilustración en el pueblo es el medio más seguro y eficaz de moralizarlo y de establecer de una manera sólida la libertad y el respeto a la constitución y a las leyes, he tenido a bien expedir la siguiente ley orgánica de la instrucción pública en el Distrito Federal:

1º Habrá en el Distrito Federal, costeadas por los fondos municipales, el número de escuelas de instrucción primaria, de niños y niñas que exijan su población y sus necesidades. Este número se determinará en el reglamento que deberá darse en cumplimiento de la presente ley.
[…]
5º La instrucción primaria será gratuita para los pobres y obligatoria en los términos que expondrá el reglamento de esta ley.
Se establecieron las siguientes escuelas: secundaria, para personas del sexo femenino; de estudios preparatorios, de jurisprudencia, de medicina, cirugía y farmacia, de agricultura y veterinaria, de ingenieros, de naturalistas, de bellas artes, de música y declamación, de comercio, normal para profesores, de artes y oficios, para la enseñanza de sordomudos, un observatorio astronómico, una academia nacional de ciencias y literatura y un jardín botánico.

Se estableció (art. 53) una junta directiva de la instrucción primaria y secundaria del distrito, compuesta de los directores de las escuelas especiales, el de la preparatoria y un profesor de cada escuela, nombrado por la junta respectiva de catedráticos, por mayoría absoluta de votos, habiendo representantes de las demás escuelas primarias oficiales y particulares. El presidente de la junta era el ministro de instrucción pública.

Tenía dicha junta amplias facultades para proponer al gobierno todas las medidas convenientes sobre catedráticos, libros de texto, fondos, organización de la instrucción en general, etcétera.

Se aumentaron los fondos destinados a la instrucción pública.

En lo sucesivo (art. 87) no se cobrará en las escuelas ningún derecho de inscripción ni de examen.

Desde la publicación de esta ley (art. 88) cesan de estar incorporados a las escuelas nacionales los establecimientos particulares de instrucción, y sus alumnos sólo podrán ser admitidos en aquéllas, sin previo examen, hasta el 31 de enero de 1868.


*Fuente: Escuelas laicas, textos y documentos, México, Empresas Editoriales, 1948, pp.183-184.

domingo, 28 de agosto de 2011

Del Manifiesto a la Nación, 7 de julio de 1859

Se incluye el fragmento que se refiere a la instrucción pública en el Manifiesto a la Nación en donde se anuncian las Leyes de Reforma. Será interesante comparar las ideas que se manejan con las del Congreso constituyente de 1856.

La instrucción pública en el Manifiesto a la Nación en el que se anuncia la expedición de las Leyes de Reforma
En el documento expedido en el puerto de Veracruz, sede de los poderes del gobierno liberal, el día 7 de julio de 1859 se puede leer lo siguiente:
[…] En materia de instrucción pública, el Gobierno procurará, con el mayor empeño, que se aumenten los establecimientos de enseñanza primaria gratuita, y que todos ellos sean dirigidos por personas que reúnan la instrucción y moralidad que se requiere para desempeñar con acierto el cargo de preceptores de la juventud, porque tiene el convencimiento de que la instrucción es la primera base de la prosperidad de un pueblo, a la vez que el medio más seguro de hacer imposibles los abusos del poder.
Con ese mismo objeto, el Gobierno general por sí y excitando a los particulares de los Estados, promoverá y fomentará la publicación y circulación de manuales sencillos y claros sobre los derechos y obligaciones del hombre en sociedad, así como sobre aquellas ciencias que más directamente contribuyan a su bienestar y a ilustrar su entendimiento, haciendo que esos manuales se estudien aun por los niños que concurren a los establecimientos de educación primaria, a fin de que desde su más tierna edad vayan adquiriendo nociones útiles y formando sus ideas en el sentido que es conveniente para [el] bien general de la sociedad. Respecto de la instrucción primaria y superior, el Gobierno se propone formar un nuevo plan de estudios, mejorando la situación de los preceptores que se emplean en esta parte de la enseñanza pública, así como el sistema que para ella se sigue actualmente en los colegios, y, ajustándose al principio que sobre esto contiene la Constitución, se adoptará el sistema de la más amplia libertad respecto de toda clase de estudios, así como el ejercicio de las carreras o profesiones que con ellos se forman, a fin de que todo individuo, nacional o extranjero, una vez que demuestre en el examen respectivo la aptitud y los conocimientos necesarios, sin indagar el tiempo y lugar en que los hayan adquirido, pueda dedicarse a la profesión científica o literaria para que se apto. [...]
Heroica Veracruz, julio 7 de 1859
Benito Juárez, Melchor Ocampo, Manuel Ruiz, Miguel Lerdo de Tejada.

Discusión del Congreso constituyente a propósito de la instrucción pública

La discusión en el Constituyente a propósito de la instrucción pública

Presento ante ustedes la transcripción que hizo Francisco Zarco sobre las discusiones habidas en el congreso constituyente de 1856. Como verán la atención del tema del artículo constitucional relativo a la enseñanza fue notable a juzgar por la etensión y el número de las intervenciones habidas. Un señalamiento adicional, en el proyecto de carta constitucional el artículo relativo a la instrucción pública era el número 18, al final el número del artículo será el 3o. Va puesTranscripción de las discusiones a propósito del artículo tercero constitucional en la sesión del 11 de agosto de 1856.

Artículo tercero de la Constitución *

Francisco Zarco

[…]
El artículo es declarado sin lugar a votar y vuelve a la comisión.
Se pone a discusión el artículo 18.
El señor SOTO (don Manuel Fernando), para fundarlo, leyó el discurso siguiente:
Voy a hablar sobre la libertad de enseñanza, porque la libertad de la enseñanza es una de las cuestiones más importantes para los pueblos.
La libertad de la enseñanza está íntimamente ligada con el problema social, que debe ser el fin del legislador.
Las sociedades caminan impulsadas por el espíritu del siglo en que viven, y el nuestro, siendo todo de luz, no se contenta ya con exigir del legislador la seguridad y conservación del ciudadano; avanza un poco más, y quiere también su perfeccionamiento.
El hombre vive en sociedad para perfeccionarse, y la perfección se consigue por el desarrollo de la inteligencia, por el desarrollo de la moralidad y por el desarrollo del bienestar material. He aquí, señores, el triple objeto del problema social.
La libertad de la enseñanza toca directamente al desarrollo de la inteligencia, y por esto es de tanto interés para los pueblos.
Señores, cuando la comisión ha colocado el principio de la libertad para la enseñanza entre los derechos del hombre, ha hecho muy bien, porque la libertad de la enseñanza entraña, entre sí, los derechos de la juventud estudiosa, los derechos de los padres de familia, los derechos de los pueblos a la civilización.
Señores, voy a hablar de los derechos de la juventud estudiosa para hablar después de los otros dos puntos.
El hombre se aproxima a Dios por la inteligencia, y por esto se dice que fue hecho a su imagen y semejanza. El hombre percibe, juzga y discurre por la inteligencia. La inteligencia lo hace superior a todas las obras de la creación; por ella ha dominado a los animales, ha arrancado y multiplicado los frutos de la tierra, ha sorprendido los secretos de la naturaleza. Por ella las tribus nómadas han fundado magníficas y poderosas ciudades y los salvajes se han hecho ciudadanos.
Pues bien, señores, la libertad de la enseñanza es una garantía para el desarrollo de ese don precioso que hemos llamado inteligencia; los jóvenes que se dedican a esa difícil y espinosa carrera de las ciencias están verdaderamente interesados en la existencia de esa garantía.
No todas las inteligencias tienen igual poder. Yo, señores, y todos vosotros los que me escucháis, habéis sido testigos de esta verdad.
Yo recuerdo en este momento que muchos de mis queridos condiscípulos de colegio, dotados de una inteligencia clara y de una memoria felicísima, comprendían fácilmente las lecciones diarias, discurrían y argumentaban maravillosamente sobre ellas, y sacaban consecuencias desconocidas hasta para el autor que nos servía de texto.
Recuerdo, señores, que ellos nos resolvían todas nuestras dudas y que eran consultados por nuestro mismo maestro en los casos difíciles.
Para ellos el estudio no era un trabajo, era una diversión.
Una hora les era suficiente para aprender la lección, cuando a los demás dos o tres horas no nos eran bastantes muchas veces.
Recuerdo, señores, que mientras muchos de nosotros aprendimos las materias de un año, ellos aprendieron las materias de dos.
Señores, estas pruebas me son bastantes para apoyar a la comisión y para pedir la libertad de la enseñanza.
La sociedad no tiene derecho para oprimir con su nivel de hierro a esas inteligencias privilegiadas que sobresalen entre las demás como un gigante. La sociedad no tiene derecho de encadenarlas, ni de detener su vuelo majestuoso. La sociedad, semejante a Diógenes, que con su linterna buscaba un hombre, debe buscarlas cuidadosamente para protegerlas donde quiera que se hallen.
¡Cuantos hombres, de esos que con su callosas manos están dedicados a cavar tierra o al ejercicio de algún arte, se encuentran hoy desconocidos, a pesar de la superioridad de su talento!
Y bien, señores, si la sociedad no busca los cerebros privilegiados para protegerlos, ¿hay razón para que venga todavía a poner trabas a aquellos que la casualidad ha traído al estudio de las ciencias?
No, señores, no queramos medir con el tosco compás de nuestros reglamentos el poder de estas inteligencias que sólo Dios puede medir porque las ha creado. Dejémoslas que se desarrollen libremente, señalémoslas el texto, pero no que queramos alargarles el tiempo. Exijamos de ellas la aptitud, y nada más que la aptitud.
Yo conozco, señores, a muchos jóvenes de talento luchando valerosamente con la miseria, rodeados de las mayores privaciones pero llenos de fe, y dedicados al estudio con tanta asiduidad y sufriendo tantas vigilias que ciertamente en cualquier sociedad menos egoísta que la nuestra, serían recompensados.
Muchos de estos jóvenes sienten arder su cabeza por la llama del genio que les dice Trabaja y vencerás; y ellos trabajan para vencer.
Otros que ven a su familia sumida en la miseria hacen esfuerzos sobrehumanos para proseguir sus estudios con la esperanza de ser algún día su Providencia. Esta generosidad, este amor tierno, inefable, que tienen por su familia y que produce en ellos esa fuerza de voluntad superior al destino, para triunfar de él, ¿no merece, señores, una mirada de compasión del legislador?
Si estos jóvenes pueden ahorrar la tercera parte de ese tiempo y angustia y sufrimiento, si pueden ahorrar aunque sea un año o dos porque tengan la aptitud suficiente para sufrir sus exámenes respectivos, ¿tiene derecho la sociedad para impedirlo?
No, señores, la sociedad no tiene ese derecho. La sociedad busca el fin, que es el desarrollo de la inteligencia, y, si el estudiante ha llegado a este fin, nada le importa el medio.
Nada tampoco le importa a la sociedad el que sea rico o pobre el joven que tenga esa aptitud y carezca del tiempo. Si yo he invocado la miseria y el sufrimiento del estudiante pobre, es porque en él se comete una doble injusticia, es porque he presenciado sus dolorosas angustias, unidas a su sublime abnegación.
¿Sabéis, señores, cuántos son los males y los dolores que ha causado la falta de libertad en materia de enseñanza?
Bajad hasta la familia del estudiante pobre, examinad lo que en ella pasa, y comprenderéis su situación.
Allí veréis al padre encorvado bajo el peso de un trabajo cotidiano, muy poco productivo las más veces. Le veréis apurando sus escasos recursos y sujetando a toda su familia a multitud de privaciones para proporcionar a su hijo que estudia la subsistencia en el colegio.
Mirad una tierna madre con cuánta solicitud, con cuánto empeño, hace algunas pequeñas economías en el hogar doméstico para enviar algunos recursos a su querido hijo.
Estos sacrificios de una madre, esta abnegación de su amor inefable, valen más para mí que todos los tesoros del mundo. Apelo, señores, a vuestros propios sentimientos.
Volved los ojos al resto de la familia, mirad a los demás hermanos trabajando con el padre, y con una educación casi abandonada, porque los esfuerzos del padre apenas bastan para la educación de un solo hijo.
Ese hijo que ha causado tantos desvelos y tantos sacrificios a una familia entera es su única esperanza, su porvenir. La educación de ese hijo ha venido a identificarse con su futuro bienestar.
¿Comprendéis ahora las felices consecuencias de la libertad de la enseñanza? ¿Calculáis lo que vale para la familia el ahorro de uno o dos años en la carrera literaria de un joven?
Pues bien, señores, os diré lo que vale para él mismo.
Hay una época felicísima en la existencia del hombre que puede llamarse la primavera de la vida. Época, señores, llena de encanto y de poesía, en que mil hermosos fantasmas, revestidos con los radiantes colores del iris, desfilan ante nuestra imaginación. La materia es nada; el espíritu es todo. La luz de la luna no aparece melancólica, ni las sombras de la noche se comunican a nuestra alma.
Entonces, señores, todavía la hiel no ha penetrado hasta el fondo del corazón, y el movimiento y la alegría rebosan sobre nuestra existencia.
Estos días dichosísimos que se deslizan suavemente, y que pasan para no volver más, son los que la juventud sacrifica ante las aras de la ciencia.
Señores, si la ciencia contribuye a la felicidad del hombre, en el estado actual de nuestra sociedad le cuesta demasiado cara. Las privaciones del colegio, la ausencia de la familia, las distribuciones molestas, la multiplicidad de obligaciones que agobian al alumno a toda hora y que le quitan toda especie de libertad, os indica también lo que vale para él el ahorro de uno o dos años en su carrera literaria.
Pero reflexionad todavía que estos sacrificios, y los de su famita, muchas veces se hacen inútiles por defecto de libertad en la enseñanza.
Observad que muchas veces, por las faltas consiguientes a una enfermedad, a una desgracia de familia, o también por el desnivel de la inteligencia, existen muchos alumnos que no pueden presentarse a examen a fin del año escolar. Entonces el joven pierde el año, y tras la pérdida del año vienen el desaliento, la apatía, el hábito de perder el tiempo, y muchas veces la pérdida completa de su carrera literaria.
Establezcamos la libertad de la enseñanza y esos jóvenes sacrificarán los placeres de sus vacaciones, se examinarán en los primeros meses del siguiente año, para igualarse así a sus condiscípulos.
Quitemos los estorbos que se oponen en la carrera literaria y procuremos siempre que no se pierdan esos nobles sacrificios de las familias, porque deben mirarse como sagrados por el legislador.
Señores, he hablado del derecho de los jóvenes a la libertad de la enseñanza. Hablaré de los derechos de los padres de familia.
En materia de enseñanza, los intereses del individuo, de la familia, del Estado y de la humanidad son solidarios.
Todos los hombres son hermanos: el pueblo no es más que una asociación de hermanos; la familia es una sección pequeña de esa inmensa asociación; el individuo es su elemento primitivo.
La ciencia es la herencia universal del género humano; es un tesoro preciosísimo recogido laboriosamente por las generaciones que nos han precedido y a que nosotros tenemos derecho como miembros de la familia humana.
Es un deber de todos los hombres aumentar su riqueza en el círculo de la esfera en que se hallen para legarlo más espléndido todavía a las generaciones venideras.
Señores, la inoculación de la ciencia en las masas del pueblo, no puede ser un privilegio, ni mucho menos un monopolio, porque es un derecho social.
Al padre de familia, o a sus delegados, le corresponde primitivamente educar a los hijos, porque él es el jefe de la asociación más íntima que existe en el Estado.
Si la familia no puede desempeñar este derecho, le corresponde a la municipalidad, porque la municipalidad debe suplir su impotencia, y ayudarla, cuando sea necesario, a cumplir con sus deberes sociales. Por eso, señores, la municipalidad se encarga de las salas de asilo, de los hospicios, de los hospitales, de las casas de educación y de todos los establecimientos de beneficencia.
Cuando ni la familia, ni la municipalidad pueden proporcionar la educación, este derecho le corresponde al Estado, porque el Estado no es más que la suma de las fuerzas individuales, y todas ellas deben contribuir al perfeccionamiento de sus miembros.
Señores, la enseñanza es una atribución del padre de familia o de sus delegados, porque él se interesa más que nadie en el adelanto de sus hijos. El pacto que hace con el maestro es un pacto verdaderamente privado; el padre le delega su facultad y le paga, y por esto sólo él tiene el derecho de vigilar sus actos.
Señores, en las repúblicas de la antigüedad, los derechos del hombre y de la familia, desaparecían ante los derechos del Estado. Los hijos pertenecían al Estado más bien que a la familia, y su educación estaba estrictamente reglamentada por la ley.
Entre nosotros republicanos demócratas de corazón y de conciencia, es preciso que exista la libertad civil, y por lo mismo, la libertad de la enseñanza, porque la libertad de la enseñanza, es una consecuencia necesaria de la libertad civil.
Nosotros no podemos subordinar de una amanera absoluta, los derechos de los padres de familia, a los derechos del Estado, ni aun bajo el pretexto de vigilar sobre la moral, porque para nosotros el hogar doméstico deber ser un santuario.
Después de la familia, los miembros de la municipalidad forman la asociación más íntima. Veamos las ventajas que les resultan a ambas personas morales con la libertad en materia de enseñanza.
En muchas poblaciones y lugares pequeños, los padres de familia que hoy envían a sus hijos hasta los colegios de las capitales y que gastan anualmente 400 pesos en la educación de cada uno de ellos se asociarán voluntariamente para pagar un maestro.
Tres padres de familia que se asocien, proporcionan una cantidad suficiente para su dotación anual, y, si el jefe de la familia apenas podía educar en el colegio a uno de sus hijos con el costo de 400 pesos anuales, podrá entonces educarlos a todos por el beneficio de la asociación y de la libertad de la enseñanza.
Muchas municipalidades que tienen fondos suficientes abrirán cátedras para la educación de sus jóvenes.
Cuando la municipalidad tenga los fondos necesarios para el objeto, los padres de familia se asociarán con ella para contribuir a sostenerla.
Muchos padres de familia acaudalados que viven fuera de las capitales y que no envían a sus hijos a los colegios por las privaciones que en ellos se sufren, o porque quieren vigilar más de cerca su educación moral y religiosa, o porque el entrañable amor que les profesan no les permite separarse de ellos, contratarán un maestro y llamarán a algunos jóvenes pobres para que estudien al lado de sus hijos y les sirvan de estímulo.
Señores la ilustración de todos los hombres acaudalados interesa demasiado a la República. Su elevada posición social, unida al perfecto desarrollo de su inteligencia, contribuirá poderosamente al engrandecimiento del país. Facilitémosles el medio de instruirse votando la libertad de la enseñanza.
Esta misma libertad hará que muchos hombres, impulsados por el amor que profesan a la ciencia, abran cátedras para instruir por sí mismos o por medio de otros a los jóvenes gratuitamente.
La libertad de la enseñanza hará que, muchos padres de familia instruidos, y muchas veces pobres, puedan educar por sí mismos a sus hijos en el hogar doméstico; hará también que muchas personas acomodadas y piadosas puedan legar algunas cantidades para la apertura de cátedras en las poblaciones en que vivieron.
¡Mirad, señores, cuántos nuevos caminos se abrirán desde en el inmenso campo de la ciencia! ¡Cuántos jóvenes pobres se aprovecharán de esta libertad! ¡Cuánta economía para las familias! ¡Cuánto placer para los pobres educando a todos sus hijos en su propia casa! ¡Cuánta ilustración para la República multiplicando los planteles científicos en todas partes!
Mirad, señores, la libertad de la enseñanza con la antorcha de la ciencia en la mano, derramando la luz por todas partes, llamando a los jóvenes cariñosamente, buscándolos hasta en las poblaciones más pequeñas y hasta en las aldeas más miserables. Miradla cómo rompe las cadenas inútiles que hoy sujetan a la inteligencia de los jóvenes y que no la permiten volar con toda aquella fuerza que Dios le ha concedido.
Señores, hay otra razón poderosa que me obliga a defender la libertad de la enseñanza. En nuestro país las inteligencias cultivadas son demasiado pocas y no todas se aprovechan debidamente.
Existen muchísimos abogados sin negocios, muchas personas de conocimientos profundos en la filosofía, pero carecen de profesión. Los jóvenes de talento que más se distinguieron en los colegios son tal vez los que han venido por la casualidad o la desgracia a la situación más lamentable.
Estos talentos cultivados y ociosos se harán los más útiles a las familias y a la sociedad, porque el profesorado les abre una carrera muy recomendable y les da ocasión para ensanchar el círculo de sus conocimientos y para difundirlos entre todas las clases. La libertad de la enseñanza los convierte en propagadores de la luz, en apóstoles de la ciencia.
Señores, la libertad de enseñanza entraña también el derecho de los pueblos a la civilización, porque la civilización es imposible sin el desarrollo de la inteligencia.
La ley de la humanidad es el movimiento. La humanidad marcha sin cesar, constantemente, de transformación en transformación, hacia su perfectibilidad.
El hombre, las sociedades y el universo entero, caminan siempre en esa escala inmensa de las transformaciones. El movimiento continuo, ascendente, es lo que se llama progreso. El progreso no es más que el camino que condice a la perfección.
Toda institución que esté basada sobre principio de inmovilidad social, sobre el statu quo, es una institución deplorable y funesta, es una institución antinatural, que fatalmente causará la desgracia de los pueblos que se rigen por ella.
Toda institución que sea contraria a la ley del desarrollo, es contraria a la naturaleza, y no sólo debe reformarse o modificarse, sino cambiarse enteramente por otra institución que le sea opuesta.
Señores, yo soy progresista, porque sé que el progreso conduce a la perfección y que el partido liberal-progresista de nuestro país quiere la perfección del hombre por medio de su desarrollo libre y espontáneo.
Los que niegan la ley del progreso, niegan la tradición, niegan la historia, niegan la naturaleza misma, sin pirrónicos que no merecen más que compasión.
Señores, cuando se ha dicho que la civilización corrompe y hace degenerar al hombre, se ha dicho una blasfemia social.
Montlosier decía que la primera cosa que un gobierno debería hacer sería marchar bien armado y con artillería de grueso calibre, si fuese posible, contra todo lo que se llama acrecimiento de las luces y progreso de la civilización.
Otro escritor célebre asegura que, cuando la especie humana ha llegado a un grado excesivo de civilización, parece degradada.
Chateaubriand dice que las costumbres del hombre están en contraste con su ilustración y su corazón con su espíritu.
Bellard afirmaba que las sociedades perecen por el exceso de civilización, como los hombres por el exceso de gordura.
Marchagny escribía que la Francia, marchando la primera al frente de la civilización, corría naturalmente el riesgo de llegar la primera al abismo.
Señores, cuando algunos espíritus melancólicos se han expresado así contra la civilización, se han hecho el eco de una preocupación popular de que participan muchos hombres de ingenio. Cuando el filósofo de Ginebra proponía la retrogradación del hombre al estado salvaje, perdía la fe en el porvenir de la humanidad.
A la hora en que estamos, esta fe no puede perderse, porque el porvenir de la humanidad no debe medirse por la suerte de algunos pueblos; las huestes del partido progresista se multiplican, combaten decididamente y hacen bambolear en estos momentos al trono español, al coloso del siglo XVI.
Todos los hombres de corazón, todas las almas generosas, todos los cerebros privilegiados de las primeras naciones del globo, trabajan incansablemente por el perfeccionamiento del hombre. A la vuelta de algunas generaciones, cuando la política se haya confundido con la ciencia, cuando nuestras leyes puedan ser las más perfectas, cuando la libertad de la enseñanza haya producido sus frutos, no podremos decir de México lo que dijo Lord Byron tristemente de la Grecia: todo es hermoso, menos la suerte del hombre.
Señores, he dicho anteriormente que la ciencia es la herencia universal de la familia humana, y que cada hombre, por el mismo hecho de ser hombre, tiene el derecho de participar de esa misma herencia.
Pues bien, señores, la libertad de la enseñanza es un medio para adquirirla fácilmente, y con ella la civilización más elevada, en su más alto grado de esplendor.
La civilización no sólo nos hace más ingeniosos y más sabios, sino también más justos, más ricos, más sociables.
La civilización aplica los descubrimientos de la ciencia, perfeccionando las artes y la industria, suavizando las costumbres, difundiendo y multiplicando las luces y la riqueza entre todas las clases, entre todos los individuos.
La libertad de la enseñanza es un principio eminentemente civilizador; es un principio que emancipa la inteligencia de la tutela del monopolio y que derramará la luz sobre la cabeza del pueblo.
El pueblo necesita de ese principio luminoso, para marchar rápidamente por la vía gigantesca de la civilización, tiene derecho a él; a nosotros toca consignarla en la Constitución como sus legítimos representantes, como verdaderos amantes de la civilización y del progreso.
Señores, es necesario prevenir una objeción. En México, la lucha entre el pasado y el porvenir ha durado 36 años. La conquista de cada principio nos ha costado torrentes de sangre. Existe un partido artero y mañoso que trabaja por hacer retroceder al país hasta el año de 8[sic]. Si concedemos la libertad de la enseñanza, se nos dirá, ese partido se apodera de ella como de una espada para esgrimirla contra la democracia; corromperá la inteligencia de los jóvenes, haciéndoles enemigos de las instituciones de su país y será un verdadero germen de discordia que prolongará esta lucha fratricida.
Señores, yo no temo la luz; quiero la discusión libre, franca, espontánea, la discusión sin trabas, que hará siempre resplandecer la verdad, a pesar de todos los sofismas, de todas las maquinaciones de los apóstoles del oscurantismo.
El gobierno debe determinar los autores para la enseñanza, y esto me basta; los autores más a propósito, los más ilustres en la materia, los más conformes al desarrollo completo de la democracia. Por la elección que se haga de los autores de asignatura, se elevará la inteligencia del pueblo a la altura del siglo en que vivimos.
Yo querría que el gobierno delegase la facultad de determinar los autores de asignatura a una junta compuesta de los catedráticos de todos los colegios, dividida en secciones, según su facultad, dotada con un fondo especial, relacionada con todos los cuerpos científicos de las naciones civilizadas.
Esta junta, señores, representaría los intereses intelectuales de la sociedad, los intereses de la ciencia y los de los cuerpos científicos.
Esta junta recibiría de las otras naciones, todas las obras, todos los métodos, todos los instrumentos, todos los descubrimientos que salgan a luz.
Los examinaría en su seno para difundirlos y trasplantarlos inmediatamente en el país, colocando así la enseñanza al nivel de la más adelantada del globo.
Esta junta haría sus publicaciones periódicas sobre el resultado de sus trabajos, y la República y la ciencia recibirán por ellas un gran bien.
Pero, señores, aquí no se trata de saber a quién corresponde la elección de autores de asignatura, porque, siendo los estados libres y soberanos, a sus respectivos gobiernos les toca determinar qué personas deben hacer dicha elección.
Tampoco se trata de saber qué profesiones necesitan título para su ejercicio y cuáles no; ésta será materia de una ley orgánica.
Aquí se trata simplemente de consignar el principio de libertad para la enseñanza.
Señores, este principio de libertad no ataca a los colegios; por el contrario, los estimulará en sus adelantos.
Siempre habrá jóvenes que vengan a ellos buscando la ciencia, porque sus padres no tengan con qué pagar la enseñanza particular. Otros vendrán buscando las dotaciones, las becas y las capellanías que en ellos se reparten. Muchos jóvenes, bien hallados con la vida de los colegios por las afecciones y por los laureles que en ellos se adquieren, los buscarán siempre. Muchos padres no querrán experimentar en sus mismos hijos un método desconocido, y los llevarán a esos establecimientos que, mejorados, le darán muchos días de gloria a la República.
Si, señores, los obstáculos que hoy se oponen a las mejoras y al progreso de los colegios deben removerse.
Sus mismos directores y catedráticos, con la mezquindad de las ideas, la superficialidad en los conocimientos, la necesidad de cambiar algunos autores de asignatura, la de mejorar los métodos, la de introducir buenas máquinas y nuevos instrumentos, para la enseñanza de las ciencias de observación, la de quitar muchas costumbres inútiles que degradan la dignidad de los alumnos y que en nada contribuyen al buen orden de los establecimientos.
Existen colegios contra todas las reglas de la higiene y donde no se conoce la educación física. La educación física, señores, que tanto contribuye a la salud y a la buena moral de los alumnos.
Estos males subsisten las más veces a pesar de los directores y de los catedráticos, porque no tiene facultad ni recursos para remediarlos.
Pues bien, señores, coloquemos la libertad de la enseñanza frente a frente de esos establecimientos para que se mejoren por el estímulo, para que el gobierno en los que le pertenecen, y los R.R. obispos en sus seminarios, cuiden de alimentar y de educar mejor a los alumnos.
Entonces, señores, se suprimirán esas economías que hoy se hacen con menoscabo de la salud y del estómago del estudiante, y el estudiante, por el deseo de ahorrar el tiempo, será más empeñoso en el cumplimiento de su deber.
Señores, he manifestado cuánto contribuye la libertad de la enseñanza para la resolución del problema social, para el perfeccionamiento del hombre.
La juventud estudiosa, los padres de familia, y la causa de la civilización se interesan demasiado en la aprobación de este artículo del proyecto de Constitución que hoy se discute.
La bandera del partido progresista es la bandera de la emancipación del hombre de todas las tutelas injustas que pesan sobre él, de todas las cadenas que le oprimen; emancipemos la enseñanza del monopolio más funesto para la propagación de la ciencia, para economía de las familias en la educación de sus hijos y para la pronta conclusión de la carrera de los jóvenes.
Seamos consecuentes con nuestros principios. Si la tiranía pasada procuró segar las fuentes de la ilustración cerrando los colegios y las academias de jurisprudencia, estableciendo las visitas domiciliarias para la requisición de los libros, prohibiendo su introducción a la República e impidiendo la circulación de los periódicos extranjeros y sujetando a los estudiantes a un plan de estudios verdaderamente tiránico, a nosotros nos toca decretar la libertad de la enseñanza para difundir la luz en los entendimientos y el amor en los corazones.
Señores, cada vez que esta augusta asamblea aprueba un artículo sobre los derechos del hombre, ataca una preocupación o suprime un abuso.
Suprimamos los abusos, pulvericemos las preocupaciones en materia de enseñanza decretando la libertad y no exigiendo de los jóvenes más que la aptitud, probada y reconocida plenamente por medio del examen.
Marchemos adelante, señores. El país necesita de nuestros principios para salvarse. Marchemos sobre los obstáculos que se nos opongan. Hagamos reflejar la luz de nuestros principios hasta en la misma fuente de nuestros enemigos.
Si la borrasca nos envuelve, permanezcamos impávidos como Cristo sobre las ondas embravecidas. Tengamos fe y salvaremos a la República. Proclamemos desde lo alto de esta tribuna que el pueblo es una asociación de hermanos, que la libertad es la juventud eterna de las naciones”.
El señor BALCÁRCEL, declarando que ni por ni sistema ni por educación es partidario del monopolio de la enseñanza ni de las trabas a la instrucción; no por sistema, porque en todas materias profesa ideas liberales y está persuadido de que este país necesita, ante todo, generalizar la enseñanza; no por educación, porque tiene la fortuna de haber hecho su carrera en un establecimiento en que no hay grados universitarios, ni trabas injustas, ni requisito preciso de cierto tiempo, y en que sólo se exigen aptitud y conocimiento. Ataca, sin embargo, el artículo, porque teme que abra la puerta al abuso y a la charlatanería, y los padres de familia puedan ser engañados por extranjeros poco instruidos, por verdaderos traficantes de enseñanza, y que, así, queriendo quitar trabas a la instrucción, se le pondrán al verdadero progreso.
En cuanto a que no se exija más tiempo que el necesario para los cursos, este inconveniente quedará remediado con sólo adoptar para todos los establecimientos el sistema del Colegio de Minería, donde sólo se exige aptitud e instrucción.
Sostiene que los establecimientos nacionales son muy útiles a las familias pobres, pues son mucho más baratos que los establecimientos privados.
El orador quiere que se generalice la instrucción, que se remuevan todos los obstáculos; pero cree indispensable que la enseñanza esté vigilada por el gobierno.
El señor OLVERA dice que, después del discurso del señor Soto, muy poco le queda que añadir. Le parecen infundadas las alarmas del señor Balcárcel. Refiere los inconvenientes que tiene la enseñanza forzada y lo que influyen las antipatías de los maestros en la carrera de algunos jóvenes.
Cree que la segunda parte del artículo, dejando a la ley que fije los requisitos de los exámenes, da garantías suficientes al bien de la sociedad.
El señor VELÁSQUEZ considera la cuestión bajo tres distintos aspectos.
1º La libertad de enseñarlo todo le parece útil, necesaria y conforme a las necesidades de nuestra época; pero cree conveniente alguna restricción a favor de las moral y del Estado. 2º Enseñanza privada: no la combate, pero nota que en ella faltan el estímulo y la discusión entre los alumnos. 3º Libertad de enseñar en menos tiempo del establecido por la ley: no la aprueba, porque no habría bastante solidez en la enseñanza.
El señor MATA dice que, de cuantas observaciones se han hecho, sólo una se refiere a la cuestión, y es la de las restricciones en favor de la moral. Todo lo demás sobre colegios privados y nacionales, sobre duración de los cursos y sobre exámenes, no es de este momento, pues se trata de algo más elevado que las minuciosidades y los reglamentos.
Lo que hay que examinar es si conviene al país la libertad de enseñanza y si es conveniente que todo hombre tenga derecho de enseñar.
Si el partido liberal ha de ser consecuente con sus principios, tiene el deber de quitar toda traba a la enseñanza, sin arredrarse por el temor al charlatanismo, pues esto puede conducir a restablecer los gremios de artesanos y a sancionar el monopolio del trabajo. Contra el charlatanismo no hay más remedio que el buen juicio de las familias y el fallo de la opinión.
A pesar de todas las leyes, hay charlatanes que ejercen las funciones de abogado y hay curanderos sin ninguna clase de estudios.
La comisión ha creído que no podía tomar más precaución que la de exigir títulos para el ejercicio de ciertas profesiones.
Por lo demás, si hay maestros que ofrecen enseñar en poco tiempo, la autoridad debe dejarlos en paz sin sujetarlos a prueba.
El temor de que sea atacada la moral carece de fundamento, pues donde quiera que la enseñanza es libre, el que sea tan necio y tan imbécil que se ponga a enseñar máximas inmorales, en el pecado llevará la penitencia, quedándose sin discípulos.
Si hay quien tema que los jesuitas y los clérigos se dediquen al profesorado y combatan el principio de la soberanía del pueblo, enseñando el derecho divino, de esto no se origina ningún mal, y los liberales, para ser consecuentes con sus principios, no deben oponerse a que enseñen los jesuitas ni coartar la libertad de los padres de familia, para buscar maestros a sus hijos.
El señor GARCÍA GRANADOS se opone a la libertad de enseñanza por interés de la ciencia de la moral y de los principios democráticos, pues teme mucho a los jesuitas y al clero, teme que, en lugar de dar una educación católica, den una educación fanática.
Le parece que los que enseñan deben ser antes examinados, y que el gobierno debe invertir en señalar los autores de los cursos para evitar, por ejemplo, que una ciencia como la física, que progresa todos los días, se enseñe por Jacquier.
El señor ARANDA, para desvanecer estas alarmas, dice que el artículo sólo deja en libertad a las familias para escoger maestros donde mejor les parezca, pero no suprime los establecimientos nacionales ni incluye en ellos la dirección y la vigilancia del gobierno.
La vigilancia del mismo gobierno aparece en los exámenes, cuando se trate de ejercer una profesión, y así lo que queda libre es la elección de los medios de adquirir la enseñanza. Si hay quien enseñe algo contrario a la moral, será perseguido, no como profesor, sino como promovedor de crímenes y delitos.
El señor LAFRAGUA, ministro de Gobernación está conforme con el fin del artículo, pero desea la vigilancia del gobierno como una garantía contra el charlatanismo, y, creyendo que es mejor precaver el mal que tener que corregirlo, propone como adición que se diga que la autoridad pública no tendrá en la enseñanza más intervención que la de cuidar de que no se ataque la moral. Y, como los exámenes para el ejercicio de las profesiones coartan hasta cierto punto la libertad, desea que se diga que es libre la enseñanza privada.
El señor RAMÍREZ (don Ignacio) no quiere bajar a considerar la cuestión bajo el punto mezquino del interés del maestro de escuela, pues en su concepto se trata de uno de los derechos del hombre.
Si todo hombre tiene derecho de hablar para emitir su pensamiento, todo hombre tiene derecho de enseñar y de escuchar a los que enseñan. De esta libertad es de la que trata el artículo, y, como está reconocido el derecho de emitir libremente el pensamiento, el artículo estás aprobado de antemano.
Nada hay que temer de la libertad de enseñanza; a las cátedras concurren hombres ya formados, que son libres para ir o no ir, o niños que van por la voluntad de sus padres.
La segunda parte del artículo no es excepción de la regla sino aplicación, y, para comprender esto, es menester examinar lo que es un plan de estudios. En el estado actual de la civilización no puede reglamentarse, tiene que ser una vasta enciclopedia, a riesgo de ser incompleto pocos años después.
Los gobiernos que quieren la vigilancia porque tienen interés en que sus agentes sepan cierta materias y las sepan de cierta manera que está en los intereses del poder, y así crean una ciencia puramente artificial.
La teología ya no sería considerada en nuestros días como ciencia, si no fuera a veces un medio de gobierno en sus aplicaciones y si no tuviera el aliciente de las ventajas sociales que sacan los teólogos.
La jurisprudencia, filosóficamente considerada, no es la misma que se enseña de orden de los gobiernos que tienen interés en monopolizar el conocimiento de los códigos y de las leyes. El derecho canónico y la historia eclesiástica se enseñan, no como son, sino como conviene a ciertas clases que sean, y así, en esta clase de cuestiones, no ha muchos días que han desbarrado completamente los abogados más sabios de la asamblea.
Los médicos que estudian botánica aprenden lo puramente necesario para sus recetas, pero están muy lejos de ser verdaderos botánicos.
Los literatos, en vez de leer los buenos modelos y de estudiar los autores clásicos aprenden unas cuantas reglas de retórica que los vuelven pedantes.
Los gobiernos forman, pues, profesores artificiales que son la primera barrera de la ciencia, y el profesor pagado por el gobierno, amigo de la rutina, está generalmente muy atrás de los conocimientos de la época.
Presentando bajo nuevas formas estas ideas, termina defendiendo la libertad de enseñanza.
El señor MORENO tiene la duda de que si los pderes generales o a los estados corresponde legislar en materias de instrucción pública.
El señor GAMBOA cree que el sistema actual resulta un gran número de charlatanes y que, para evitar este mal, el mejor medio es establecer completa libertad.
Se decide por el principio de la Convención francesa: “Al individuo el culto, a la familia la enseñanza, al Estado la calificación de las capacidades para las funciones civiles”. Se detiene a exponer el sistema de enseñanza en Francia y opina que la inspección de la autoridad debe comenzar cuando el individuo quiera ejercer una profesión en servicio de la sociedad. Sostiene la libertad de enseñanza como consecuencia de la libertad de cultos y cree que la asamblea no ha reprobado la idea capital del artículo 15, y que, al declararlo sin lugar a votar, sólo quiere una nueva redacción.
El señor BALCÁRCEL rectifica brevemente algunas de las ideas de su discurso anterior.
El señor PRIETO declara que por algún tiempo lo alucinó la idea de la vigilancia del Estado como necesaria para arrancar al clero el monopolio de la instrucción pública y corregir el abuso de la hipocresía y de su inmoralidad; pero una reflexión más detenida lo hizo comprender que había incompatibilidad entre las dos ideas, que querer libertad de enseñanza y vigilancia del gobierno es querer luz y tinieblas, es ir en pos de lo imposible y pretender establecer un vigía para la inteligencia, para la idea, para lo que no puede ser vigilado, y tener miedo a la libertad. El orador considera la instrucción como base de la libertad y asienta que los pueblos embrutecidos deben sufrir gobiernos tiranos.
La comisión, en la segunda parte del artículo, reconoce la desigualdad de las inteligencias y no fija tiempo preciso para los cursos, pues esto era querer igualar el vuelo de la golondrina con el del águila. La comisión quiere la reivindicación de la inteligencia por medio del saber, y acabar con la aristocracia de las aulas, donde no puede llegar la miseria con sus harapos.
El señor RAMÍREZ (don Mariano) dice que la enseñanza está íntimamente ligada con la moral y con el orden público, cree que en un país católico no puede haber completa libertad de enseñanza, teme grandes perjuicios del artículo, cita el hecho de haberse cerrado en los estados las escuelas de medicina por falta de alumnos y cree, por último, que la segunda parte del artículo destruye la primera.
El señor SOTO (don Manuel) rectificó insistiendo en que, con la libertad de la enseñanza, puede ser más barata la educación, particularmente en los pueblos cortos.
El señor ARRIAGA no opina como el señor Gamboa sobre la suerte del artículo 15, pues teme que realmente lo reprobado haya sido el principio de la libertad religiosa. Sostiene, sin embargo, que la libertad de enseñanza es consecuencia de la libertad de cultos y que, donde haya alarmas contra las religiones que difiere de la dominante, habrá graves temores con respecto a la enseñanza libre.
Se opone a que se establezca la vigilancia del gobierno, aunque la reclame a favor de la moral y de la ciencia, pues no puede haber agentes de policía para calificar en estas materias; no sólo en las cátedras se enseña, sino que enseñan también los amigos, los libros y las madres. Cuando una madre da consejos a su hijo, ¿puede el gobierno irla a vigilar>? ¿Pretende examinarla en materia de moral? El gobierno con estas pretensiones no hace más que ponerse en ridículo. La moral y la ciencia sólo se depuran por medio de la libertad.
Hoy, con todas las trabas y todas las restricciones, existe todo género de inconvenientes, y no porque nuestros abogados estudien siete años pueden llamarse jurisconsultos.
El señor GAMBOA rectifica el hecho citado por el señor Ramírez (don Mariano), diciendo que las escuelas de medicina de los estados se cerraron, no por falta de alumnos, sino por orden de Santa-Anna.
El artículo es declarado con lugar a votar por 59 señores contra 20, y es aprobado por 69 contra 15 (Artículo tercero de la Constitución.)
El señor BUENROSTRO (don Manuel) propone, como adición, que se establezca la vigilancia del gobierno a favor de la moral.
Esta adición, apoyada por su autor, queda admitida a discusión por 41 votos contra 40 y pasa a la comisión de Constitución.


* En “Discusión del artículo 18 (tercero de la Constitución de 1857). Sesión del 11 de agosto de 1856”, Historia del Congreso Constituyente, 1856-1857, México, El Colegio de México, 1956, pp.
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Francisco Zarco, lectura

Como la revisamos en clase dejo constancia en este blog de su contenido. Texto escrito por uno de los liberales mexicanos más caracterizados de la segunda mitad del siglo XIX.

Llamo su atención hacia algunas posiciones que Zarco tuvo en este artículo en momentos en que no se había producido la ruptura con la iglesia católica.


La Educación del pueblo (1850)

Francisco Zarco (1829-1869)

Nada es más contrario a los adelantos morales y materiales de cualquier país que la ignorancia del pueblo. Sin instrucción en todas las clases de la sociedad, todas las instituciones son imperfectas, no pueden generalizarse los derechos políticos y es seguro el triunfo ciego de las facciones, sin que se procure aumentar la fuerza y respetabilidad de la nación. Las leyes no están al alcance de todos y así ni pueden cumplirse, ni reclamarse las faltas de los funcionarios. La ignorancia del pueblo que tanto conviene a los gobiernos despóticos, en que la ley es la voluntad o el capricho de uno solo es sumamente perjudicial a la suerte de las democracias, porque un pueblo ignorante está muy expuesto a extraviarse, a abusar de derechos que comprende imperfectamente y a ser seducido por los que buscando su engrandecimiento personal hacen lisonjeras promesas que nunca pueden cumplir.
Una iglesia y una escuela son las primeras necesidades de cualquier pueblo, por pequeño y reducido que sea, y a ellas debe atender la autoridad. La instrucción debe ser un derecho del ciudadano y la sociedad debe darla a todos sus hijos, fundando escuelas primarias en todas partes. Y decimos primarias, porque creemos que con esto basta; dense al individuo los medios necesarios, los primeros elementos de instrucción y después él perfeccionará y aumentará sus conocimientos. Enséñese al pueblo a leer, a escribir, elementos de aritmética y sobre todo las verdades de una religión consoladora; explíquesele lo que es la Constitución de la patria, las obligaciones que tiene para con ella y con esto sólo se facilitará el adelanto en los conocimientos más elevados. Escuelas primarias es lo que debe fundarse en toda la extensión de la República sin omitir esfuerzo de ninguna clase ni el poder federal, ni las autoridades de los estados. Esto es lo que más importa para asegurar el futuro bienestar de México y hacerla marchar en la senda de la civilización y de la democracia. No por esto queremos que se desatiendan los establecimientos científicos o literarios que son ya el honor del país, nada de eso, pero esos establecimientos si bien reclaman protección, la encuentran de los mismos particulares interesados en perfeccionar la educación de sus hijos. No queremos que se intente hacer un pueblo de literatos pero sí que se disipen las tinieblas en que yace sumergida la inteligencia en una mayoría inmensa de mexicanos.
La raza indígena sufre hoy la misma abyección que sufría en tiempo del imperio azteca y su suerte se mira con el mismo abandono con la que la miraban los conquistadores. Los resultados son la sublevación de Yucatán, la de la Sierra (Gorda) y quien sabe lo que podrán ser en lo de adelante, si no se evitan a fuerza de medidas sabias y bien calculadas.
Pero lo repetimos, menester es que la instrucción primaria sea un deber de la sociedad, igual para todos sus hijos; que esa instrucción sea civil y religiosa y vigilada por el Estado; para que en lo más importante para la existencia política del país no se
dicten sólo medidas aisladas y que carezcan de uniformidad.
No sólo se necesita instruir a la infancia sino a hombres de todas las edades y para esto son indispensables las escuelas dominicales a las que pueden concurrir los artesanos, por cuya suerte hemos manifestado tanto interés.
Sobre todo lo expuesto llamamos mucha la atención de las autoridades y creemos que no es difícil conseguir lo que proponemos. La paz de que goza la República es muy a propósito para emprender estas mejoras sociales cuya importancia no se niega por ningún partido y es seguro que en todas partes los particulares contribuirán gustosos al adelanto de la instrucción del pueblo.
Los maestros deben ser examinados antes de ejercer su honrosa profesión, deben ser vigilados por la autoridad y los que tengan mejor éxito en sus nobles tareas, deben ser recompensados por la sociedad que recibe de ellos el mayor bien. En esto nos encontramos aun con una añeja preocupación que hace mirar con desprecio al maestro de escuela, y que haces casi un apodo de esta profesión. A pesar del respeto que merezca lo antiguo, muy fácil es destruir esa necia preocupación honrando como merecen a los ciudadanos que se dedican a generalizar la instrucción.
Para hacer más eficaz y más rápida la ilustración del pueblo, debe contarse con la cooperación de una clase de la sociedad que muy mal pintan sus fingidos defensores, El Clero. El clero mexicano ha sido un ejemplo de virtudes cristianas, ha manifestado nobles sentimientos patrióticos, de su seno salieron los primeros caudillos de nuestra independencia y a pesar de la discordia en que un partido quiere colocarlo con la sociedad entera, él sigue cumpliendo su misión evangélica de una manera digna y honrosa, sin pensar en turbar la paz ni alternar las instituciones del país. Confesamos, sin embargo, que hay unas cuantas excepciones individuales, por la seducción de ese partido y por ignorancia tal vez, pero nunca con perversas miras. Pues bien, ese clero puede contribuir muchísimo a la civilización del pueblo, que el párroco sea el padre de sus feligreses, el apoyo de la miseria, el modelo de la virtud y el respeto a la ley, que procure inculcar las máximas santas del cristianismo, que procure desarraigar bárbaras preocupaciones, destruir el fanatismo y el pueblo adelantará y venerará siempre a los ministros de Jesucristo. Los obispos debieran trabajar con empeño por el establecimiento de misiones en las fronteras y en los pueblos de indígenas, debieran procurar que parte el clero se consagrara a la educación popular, sujetándose a las prevenciones de la autoridad civil en cuanto a las materias y métodos de enseñanza.
Para que se vea que no nos mofamos de todo lo antiguo, sólo porque es antiguo, recordamos una disposición contenida en las leyes de Indias, en ese momento honroso para España en muchos puntos y que previene que en todos los conventos de ambos sexos haya una escuela gratuita para la clase pobre. Creemos que el señor ministro de negocios eclesiásticos y los señores obispos deben procurar que se cumpla con esa disposición que tiende a generalizar los conocimientos y dar al clero respetabilidad, haciéndolo muy útil a la sociedad.
La instrucción primaria es un asunto que reclama por su importancia la atención de los legisladores y en el que debe obrarse con actividad para que México pueda consolidar sus instituciones y su prosperidad. Francamente hemos indicado algunas medidas que juzgamos a propósito; en este particular sólo deseamos el bien del país, sin detenernos en mezquinas consideraciones de partido. Si nos equivocamos, nuestro error es hijo de la mayor buena fe, y si se nos hace conocer no tendremos inconveniente en confesarlo pero sea con estos medios, sea con otros mejor calculados, insistimos en que la instrucción primaria debe ser un derecho del ciudadano y en que esa instrucción civil y religiosa y siempre vigilada por la autoridad.

Fuente: Revista Educación 2001, # 22, marzo de 1997, pp. 54-55, que lo tomó de las Obras completas de Francisco Zarco, México, Centro de Investigación científica Jorge L. Tamayo, 1989, pp. 240-243.

domingo, 14 de agosto de 2011

Bienvenida

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, 14 de agosto de 2011

Como responsable de la asignatura de "Historia y política de la educación en México", que se imparte en el séptimo semestre de la licenciatura en Ciencias de la Educación del ICEUABJO, por tercera ocasión inicio este blog con el fin de afinar y diversificar la comunicación con los grupos A y B.
Al igual que en las oasiones anteriores, por este medio fluirá información detallada sobrel curso en sí y se pondrán a la disposición de los estudiantes, información que considere relevante para la mejor comprensión de los temas de estudio.

Francisco José Ruiz Cervantes.

Damos comienzo con la inclusión del programa indicativo:

Título de la materia: Historia y política de le educación en México
7o semestre, grupos A y B de la licenciatura en Ciencias de la Educación, ICEUABJO


I.-Objetivo General de la materia:
Facilitar a los estudiantes un acercamiento sistemático en torno a la formación y desarrollo del sistema educativo mexicano entre 1857 y 2000.
Objetivos específicos:
• Identificar en cada uno de los periodos históricos por revisar, las concepciones pedagógicas, ideales políticos, prácticas sociales y políticas predominantes que han incidido en dicho proceso,
• Reconocer a los actores sociales involucrados en los distintos momentos del proceso a revisar y a las instituciones educativas resultantes, a fin de que los estudiantes puedan construir un marco-histórico referencial de la educación en nuestro país, que les permita ubicar en mejores condiciones su inserción profesional.

II.- Contenido temático:
1.-De la Constitución de 1857 a la Revolución Mexicana
2.-La Revolución y sus propuestas educativas
3.-La creación de la SEP y la educación rural
4.-El cardenismo y la educación socialista
5.-La escuela de la Unidad Nacional
6.-El proyecto modernizador (1970-2000)

III.-Sugerencias metodológicas
Exposición del profesor para introducir las temáticas de estudio; uso de materiales audiovisuales apropiados al tema; organización de los alumnos en equipo para exposición de “cierre” de los temas; participación individual en debates sobre puntos importantes en cada una de las etapas y su posible impacto en el momento actual.

IV.-Criterios de evaluación
• Asistir a clase y participar individualmente en forma oral y escrita.
• Formar parte de alguno de los equipos que se integren para exponer en clase.
• Presentar un par de exámenes escritos (septiembre, octubre).
• Preparar y realizar una entrevista a dos profesores en servicio de educación básica a fin de conocer las políticas educativas que recuerdan haber desarrollado entre los años cuarenta y noventa del siglo pasado y entrega de un reporte escrito (noviembre).
• Elaborar y entregar de forma grupal un ensayo al finalizar el curso que recupere los contenidos vistos en clase y particularice a partir de las entrevistas, acompañados de una reflexión del grupo.
La nota final será el promedio de las obtenidas mensualmente.

V.- Bibliografía básica y detallada:
• Historia general de México:
Escalante Gonzalbo, Pablo et al, Nueva historia mínima de México, El Colegio de México, 2004.
Wobeser, Gisela von, Historia de México, México, Presidencia de la República-SEP-FCE, 2010.
• Obras generales de historia y política de la educación en México:
Carranza Palacios, José Antonio, 100 años de educación en México, 1900-2000, México, Noriega editores, 2004.
Guevara González, Iris, La educación en México. Siglo XX, México, IIEC-UNAM/ Miguel Angel Porrúa, 2002.
Latapi, Pablo, Un siglo de educación en México, México, FCE-CONACULTA, 2000, dos tomos
Martínez della Rocca, Salvador, Estado, educación y hegemonía en México, México, Secretaría de Educación de la ciudad de México- Miguel Ángel Porrúa Editor, 2010.
Ornelas, Carlos, El sistema educativo mexicano. La transición de fin de siglo, México, CIDE-FCE, 1995.
Solana Fernando et al, Historia de la educación pública en México, México, Ed. Fondo de Cultura Económica, 1980
Vasconcelos Calderón, José, Ulises Criollo, La Tormenta y El Desastre (varias ediciones)
Vásquez, Josefina Zoraida (selecc), La educación en la historia de México. Lecturas de Historia Mexicana, México, El Colegio de México, 1995.
• Recursos en la red:
Galván Lafarga, Luz Elena (Coord.), Diccionario de historia de la educación en México, México CIESAS-CONACYT,(http://biblioweb.dgsca.unam.mx/diccionario/html/articulos/)

Desglose temático y bibliografía específica:

1.-De la constitución de 1857 a la Revolución mexicana
1.1. La instrucción pública en el Congreso constituyente
Francisco Zarco, Historia del congreso constituyente (1856-1857), México, El Colegio de México, 1956.
1.2. El liberalismo triunfante y la educación: Leyes de instrucción pública en 1867 y 1869.
Bibliografía:
Josefina Zoraida Vásquez, “La República restaurada y la educación. Un intento de victoria definitiva” en Josefina Z. Vásquez, (selecc.), La educación en la historia de México, México, Colmex, 1992, pp. 93-104.
1.3. La educación en el porfiriato
Bibliografía:
Josefina Zoraida Vásquez, Nacionalismo y Educación en México, México, Colmex, 2000, pp. 62-68, 93-104.
José Antonio Carranza Palacios, 100 años de educación en México, 1900-2000, México, Ed. Limusa-Noriega, 2004, pp. 17-23.
José Vasconcelos, Ulises criollo, capítulos: “En la escuela”, ”El estudio”, ”la lectura”, “El Instituto campechano”, “Las Steger”, “Divagaciones y exámenes
1.4. Las postrimerías de un régimen
Bibliografía:
“Programa del Partido Liberal Mexicano” en revista Universidad de México, México, UNAM, vol XLI, # 430, (encarta) pp. III-IV
José Vasconcelos, Ulises criollo, capítulos: “El estudiante”; “En jurisprudencia”, “La pendiente”.

2.-La Revolución y sus propuestas educativas
2.1. La educación primaria urbana y rural y el Ejecutivo Federal. Las escuelas rudimentarias
Bibliografía:
Engracia Loyo, Gobiernos revolucionarios y educación popular en México, 1911-1928, México, Colmex, 1999, pp. 17-37, 106-117.
2.2. Los maestros de educación primaria y “la bola”
Bibliografía:
Engracia Loyo, op. cit., pp.55-72.
2.3. La educación en el congreso constituyente de 1916-1917. El nuevo artículo tercero.
Bibliografía:
Guadalupe Monroy Huitrón, Política educativa de la revolución (1910-1940), México, Ed. Sepsetentas, 1975, pp. 107-114.
Rafael Sánchez Vásquez, Derecho y educación, México, Ed. Porrúa, 1998, pp. 89-105
2.4. La municipalización educativa y sus consecuencias
Bibliografía:
“La huelga magisterial de 1919” en revista Educación 2001, México, # 1, junio de 1995, pp. 38-39.
El personaje
John Skirius, “Vasconcelos: de la revolución a la educación” en Revista de la Universidad de México, México, vol. XXXVIII, nueva época, # 18, octubre de 1982, pp. 2-6.

3.-La creación de la SEP y la educación rural
3.1. La creación de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el proyecto educativo vasconcelista.
Bibliografía:
Antonio Gómez Nashiki, “La creación de la Secretaría de Educación Pública” en Educación 2001, México, # 3, agosto de 1995, pp. 46-47.
Gilberto Guevara Niebla, “La filosofía educativa de José Vasconcelos” en revista Educación 2001, México, año VI, # 63, agosto 2000, pp. 51-54. [adicional]
Alvaro Matute, La revolución mexicana: actores, escenarios y acciones. Vida cultural y política. 1901-1929, México, INEHRM/Océano, 2002, pp. 161-174.
Carlos Ornelas, op.cit., pp. 99-106.
José Vasconcelos, “Discurso pronunciado en el acto de inauguración del nuevo edificio de la secretaría” en Antología de textos sobre educación, México, Ed. Trillas, 2009, pp. 145-150.
______________, “Conferencia leída en el Continental Memorial Hall de Washington” en José Vasconcelos, op.cit., pp. 194-209.
3.2. La educación rural (Rafael Ramírez) y la educación secundaria (Moisés Saenz)
Bibliografía:
Rafael Ramírez, “La enseñanza por la acción dentro de la escuela rural” en Concepción Jiménez Alarcón, Rafael Ramírez y la escuela rural mexicana, México, SEP-Cultura-Ed. El Caballito, 1985, pp. 19-75.
Antonio Gómez Nashiki, “La creación de la escuela secundaria” en revista Educación 2001, México, # 22, marzo de 1977, pp. 47-49.
3.3. La lucha por la autonomía universitaria
Bibliografía:
Antonio Gómez Nashiki, “La autonomía universitaria” en revista Educación 2001, México, n. 19, diciembre de 1996, pp. 45-47.

4.-La educación socialista y el sexenio cardenista
4.1. La educación “socialista”
Bibliografía:
C. Ornelas, op.cit., pp. 106-115.
Susana Quintanilla, “Los principios de la reforma educativa socialista: imposición, consenso y negociación” en Revista Mexicana de Investigación Educativa, México, COMIE, vol 1, # 1, enero-junio de 1996, pp. 137-151.
David L. Raby, “La ‘educación socialista’ en México” en revista Cuadernos Políticos, México, n. 29, julio-septiembre de 1981, pp. 75-82.
Iris Guevara González, La educación en México. Siglo XX, México, IIEC-UNAM/ Miguel Ángel Porrúa Ed., 2002, pp. 17-23.
“La Escuela socialista es antipatriótica” Unión Nacional de Padres de Familia, Boletín oficial, tomo II, # 6, julio-agosto de 1934, pp. 1-2.
4.2. Educación en el cardenismo.
Bibliografía:
Guadalupe Monroy Huitrón, op. cit., pp. 89-102.
I. Guevara, op. cit., pp. 17-23.
Mary Kay Vaughan, “Algunas reflexiones sobre la educación pública como proyecto cultural de la revolución mexicana” en Jaime Bailón Corres, Carlos Martínez Assad y Pablo Serrano Alvarez (coords.), El siglo de la Revolución mexicana, México, INEHRM, 2000, t. II, pp. 169-178.
4.2.1. Los maestros, artífices de la política de masas del cardenismo
Bibliografía:
Arnaldo Córdova, “Los maestros rurales en el cardenismo” en revista Cuadernos Políticos, México, Ed. Era, # 2, octubre-diciembre de 1974, pp. 77-92.
4.2.2. La primera federalización y sus consecuencias
Bibliografía:
Alberto Arnaut, La federalización educativa en México. Historia del debate sobre la centralización y la descentralización educativa (1889-1994), México, Colmex-CIDE, 1998, cap. VI, pp. 201-211-219.
4.2.3. La educación técnica
Bibliografía:
Antonio Gómez Nashiki y Miguel Ramírez Zozaya, “La fundación del Instituto Politécnico Nacional” en revista Educación 2001, México, año II, n. 14, julio de 1996, pp. 46-47.

5.-La escuela de la Unidad Nacional
5.1. La escuela de la “Unidad Nacional”
Bibliografía:
Iris Guevara González, Op. Cit., pp. 23-38
C. Ornelas, op.cit., pp. 115-124.
Federico Lazarín, “Educación para las ciudades. Las políticas educativas 1940-1982” en Revista Mexicana de Investigación Educativa, México, COMIE, vol 1, # 1 enero- junio de 1996.
5.2. Surgimiento del SNTE
Bibliografía:
Rosa Nidia Buenfil Burgos, “De Cárdenas a Avila Camacho, los maestros ya no fueron los mismos” en Educación 2001, México, año II, # 23, abril de 1977, pp. 50-52.
5.3. La campaña de alfabetización
Bibliografía:
Valentina Torres Septién, Pensamiento educativo de Jaime Torres Bodet, México, SEP/ El Caballito, 1985, pp. 69-75.
5.4. Nueva reforma al artículo 3º constitucional
Bibliografía:
“Debate sobre la segunda reforma del artículo tercer constitucional de fecha 1946” en Rafael Sánchez Vásquez, Derecho y educación, México, Ed. Porrúa, pp. 128-133.
5.5. El Plan de Once años
Bibliografía:
Valentina Torres Septién, Pensamiento educativo de Jaime Torres Bodet, México, SEP/ El Caballito, 1985, pp. 77-94.
Jaime Torres Bodet, Textos sobre educación, México, CNCA, Col. “Cien de México”, 2005, pp. 249-260
5.6. La polémica sobre la aparición de los libros de texto gratuitos
Bibliografía:
Cecilia Greaves Laine, “Política educativa y libros de texto gratuitos. Una polémica en torno al control por la educación” en Revista Mexicana de Investigación Educativa, México, COMIE, vol. VI, # 12, mayo-agosto de 2001, pp. 205-221.
Antonio Gómez Nashiki, “La primera edición del libro de texto gratuito” en Educación 2001, México, # 16, septiembre de 1996, pp. 46-47.
Valentina Torres Septién, Pensamiento..., cit., pp., 95-104.
Adolfo Christlieb Ibarrola, “La polémica sobre los libros de texto único. “Sacrifica la libertad” en revista Life en Español, México, 27 de septiembre de 1965, pp. 54,56.
Agustín Salvat, “Se integra al mexicano” en op. cit., pp. 55-56.
Adolfo López Mateos, “La paz de la escuela es la paz de México” en La educación en el desarrollo histórico de México II, México, SEP, 1998, pp. 64-66.
5.7. El movimiento estudiantil del 68 y la política educativa del régimen.
Bibliografía:
Iris Guevara González, Op. Cit., pp. 46-54.
Gilberto Guevara Niebla, La democracia en la calle. Crónica del movimiento estudiantil mexicano, México, Ed. Siglo XXI, 1988, pp. 38-56.
Carlos Reyes, “Los sesenta: la epifanía festiva de una generación” en Campus, # 280, jueves 10 de julio de 2008, pp.8-9. (existe versión electrónica en el sitio www.campusmilenio.com.mx)
Fernán A. Osorno H. “ 68…” en Campus # 281, jueves 17 de julio de 2008, p11. (existe versión electrónica en el sitio www.campusmilenio.com.mx)
Roberto Rodríguez, “Efectos educativos del 68 mexicano” en Campus # 282, 24 de julio de 2008, pp. 6-7. (existe versión electrónica en el sitio www.campusmilenio.com.mx)
Luis González de Alba et. al., “Los 60 antes del 68” en revista Nexos # 368, agosto de 2008, pp. 49-51.

6.-El proyecto modernizador (1970-2000)
6.1. El sexenio echeverrista: Las reformas en educación básica y el crecimiento explosivo en educación superior.
Bibliografía:
Iris Guevara González, Op. Cit., pp. 55-82.
Antonio Gómez Nashiki, “1975, la polémica de los libros de texto gratuitos” en Educación 2001, México, año III, # 40, pp. 44-47.
Pablo Latapí, Análisis de un sexenio de educación en México, 1970-1976, México, Ed. Nueva Imagen, cap. V, pp.155-219.
6.2. El último tramo del Estado posrevolucionario. Programas Educación para todos y Primaria para todos los niños y el surgimiento de nuevas instituciones educativas, el caso de la Universidad Pedagógica Nacional (UPN)
Bibliografía:
I. Guevara S., op.cit., pp. 69-82.
Olac Fuentes Molinar, “Los maestros y el proceso político de la UPN” en Cuadernos Políticos, México, Ed. ERA, # 21, julio- septiembre de 1979, pp. 91-103.
6.3. De la descentralización a la federalización educativa (1983-1992)
6.3.1. El sexenio de las crisis: La “catástrofe silenciosa”
Bibliografía:
Iris Guevara González, Op. Cit., pp. 87-119.
Antonio Gómez Nashiki, “La revolución educativa de Jesús Reyes Heroles” en Educación 2001, México, año VI, # 66, noviembre de 2000, pp. 53-56.
6.4. El Acuerdo para la Modernización de la Educación Básica y Normal
Bibliografía:
Gilberto Guevara Niebla, “El malestar educativo” en revista Nexos, México, # 170, febrero de 1992, pp. 21-36.
Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica y Normal” en revista Cero en conducta, México, año 7, # 31-32, diciembre de 1992, pp. 82-99.
Artículo 3º constitucional y Ley General de Educación, México, SEP, 1993.
Antonio Gómez Nashiki, “Las reformas a la educación básica en el sexenio salinista (I)” en revista Educación 2001, México, año VII, # 73, junio de 2001, pp.52-54.
___________________, “Las reformas a la educación básica en el sexenio salinista (II) en revista Educación 2001, México, año VII, # 74, julio de 2001, pp. 57-60.
____________________,“Las reformas a la educación básica en el sexenio salinista(III) en Ibid, año VII, # 75, agosto de 2001, pp. 52-55.
Carlos Ornelas, El sistema educativo mexicano. La transición de fin de siglo, México, FCE-CIDE-NAFINSA, 1995, cap. VIII, pp. 285-320.
Pablo Latapi Sarre, Un siglo de educación en México, México, FCE, vol 1, pp. 21-42.
_______________, “La política educativa del Estado mexicano desde 1992” en REDIE, vol 6, # 2, 2004, pp. 1-16 (http: //redie.uabc.mx/vol6no2/contenido-latapi.html)
I. Guevara S., op.cit., pp. 107-119.
José Antonio Carranza Palacios, op.cit., pp. 117-127.

Oaxaca de Juárez, Oaxaca, 10 de agosto de 2011

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Temas para exposición en clase:
1.-Educación y revolución mexicana. Planteamientos educativos en los planes políticos revolucionarios y los maestros ante “la bola”.
2.-El proceso de elaboración del artículo tercero constitucional. Los debates del constituyente
3.-La creación de la SEP y el proyecto vasconcelista
4.-La escuela rural mexicana, proyectos y hombres. La aparición de la educación secundaria
5.-Cambios en el artículo tercero constitucional. Teoría y práctica de la educación “socialista”
6.-La educación y el cardenismo, la primera federalización
7.-Cambios al artículo 3º. Constitucional y la escuela de la unidad nacional. La organización sindical
8.-El Plan de Once años. La polémica sobre los libros de texto gratuito
9.-Política educativa y rebelión estudiantil
10.-La educación en el sexenio echeverrista. Nuevamente los libros de texto a debate. Viejos y nuevos actores
11.-Cambio de paradigmas: del estado educador a la descentralización de la educación básica como meta. El SNTE y la SEP ante las políticas modernizadoras del Estado mexicano
12.-Crisis y educación: los ochenta. La disidencia magisterial
13.-La modernización educativa y su programa: 1988-1992.
14.-Las consecuencias del Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica.
15.- Educación superior y las políticas modernizadoras en el último cuarto del siglo veinte.